jueves. 25.04.2024
El tiempo

Informan a los usuarios y profesionales sobre cómo hacer su testamento vital

Informan a los usuarios y profesionales sobre cómo hacer su testamento vital

En el área sanitaria norte, se han elaborados dos dípticos que se añaden a los dos puntos de registro: uno en Riotinto y otro, en Cortegana.

El área de gestión sanitaria norte de Huelva ha elaborado dos dípticos explicativos con el objetivo de difundir entre profesionales y usuarios la información relativa a la declaración de voluntad vital anticipada, que desde el año pasado ya cuenta en la zona con dos puntos para su registro: uno, ubicado en el hospital de Riotinto, y otro, en el centro de salud de Cortegana.

La apertura de estos puntos responde al compromiso de la Consejería de Salud de descentralizar el acceso a esta prestación y acercarla a los ciudadanos mediante su extensión a hospitales y centros de salud. Así, cualquier persona que decida dejar constancia, de forma voluntaria y con plenas capacidades mentales y de conciencia sobre qué actuaciones desea o no que se practiquen en caso de que no pudiese manifestarlo llegado el momento de la atención sanitaria, tiene la posibilidad de realizar este trámite a menos de 30 minutos de su lugar de residencia.

En línea con la estrategia del Gobierno andaluz, el Área de Gestión Sani-taria Norte de Huelva ha presentado los folletos elaborados, que en el caso de los profesionales aborda los distintos pasos de cumplimentación de este procedimiento, la aclaración de conceptos y su vinculación a la historia clínica digital del paciente, mientras que en el adaptado a los usuarios profundiza a nivel general en qué consiste el testamento vital, así como los cauces existen-tes para registrar el documento, entre otros aspectos.

La descentralización de este servicio, que inicialmente sólo estaba operativo en la sede de la Delegación Territorial de Igualdad, Salud y Políticas Sociales en Huelva, se ha producido a raíz de la entrada en vigor del Decreto 59/2012, de 13 de marzo, por el que se regulaba la organización y funcionamiento del Registro de Voluntades Vitales Anticipadas de Andalucía, en el que se recogía, además, la apuesta de la Junta de mejorar la accesibilidad a éste por parte de la población. De esta manera, al existente en la capital se suman ahora los dos del área sanitaria y los que se acaban de poner en marcha en los hospitales Juan Ramón Jiménez e Infanta Elena, elevando por tanto a cinco el número de puntos disponibles en el conjunto de la provincia onubense.

Registro

El Registro de Voluntades Vitales Anticipadas de Andalucía tiene por objetivo la custodia, conservación y acceso de las declaraciones de voluntad vital anticipada emitidas en la comunidad. De los testamentos vitales inscritos, un total de 1.041 se han realizado en Huelva desde que en 2004 se aprobara este derecho con el que cuentan los ciudadanos para expresar su voluntad en el momento final de su vida.

Este instrumento permite a los ciudadanos expresar anticipadamente, de manera consciente, deliberada y libre, y decidir con ello por sí mismos sobre la asistencia sanitaria y los tratamientos que desean o no recibir en caso de encontrarse en situaciones en las que no puedan manifestar su voluntad.

El Decreto 59/2012, de 13 de marzo, además de propiciar su ampliación, mejora el documento escrito, amplía el deber de los profesionales sanitarios encargados de la atención de consultar el registro y el contenido de la declaración, y otorga facultades a personal funcionario público competente en materia de salud a realizar la verificación de la capacidad y los requisitos formales de la declaración. Asimismo, establece nuevas vías para la consulta del documento por parte de los profesionales sanitarios y vincula el testamento vital a la historia clínica del paciente.

Esta última función posibilita que los profesionales del sistema sanitario público andaluz con acceso a la historia de salud digital dispongan ya en la misma de un icono (RVA) para los pacientes que tienen registrada su voluntad vital anticipada. Desde dicho icono pueden consultarla en las circunstancias que así lo requieran.

La modificación planteada a través de este decreto en el registro anda-luz responde a los cambios sociales alcanzados en la comunidad en lo que a la autonomía de las personas en la toma de decisiones sobre su salud se refiere y, en especial, sobre el derecho a morir dignamente, regulado en la Ley 2/2010, de 8 de abril, de Derechos y Garantías de la Dignidad de la Persona en el Proceso de la Muerte.

Nuevo acceso por vía telemática

La Consejería de Igualdad, Salud y Políticas Sociales acaba de poner en marcha un nuevo servicio a través de su página web –www.juntadeandalucia.es/salud- que posibilita a los andaluces realizar la preinscripción de su voluntad vital de forma telemática, así como solicitar una cita previa para poder inscribir posteriormente su testamento vital en un punto de registro habilitado a tal efecto.

Esta nueva forma de obtener la cita se suma a la que existía hasta ahora a través del teléfono de Salud Responde (902 505 060). De hecho, si el usua-rio no puede desplazarse hasta el registro, podrá seguir solicitando la cita a través de Salud Responde y se realizará el registro en el propio domicilio.

Comentarios