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AUGC Huelva logra el pago de vacaciones no disfrutadas a un guardia civil que se retiró por enfermedad

Los servicios jurídicos de AUGC han logrado que el T.S.J.M. dicte sentencia favorable para que le sean abonadas las vacaciones no disfrutadas a un Guardia Civil que tuvo que pasar a retiro por enfermedad

Un agente de la Guardia Civil, de espaldas, junto a un vehículo oficial.
GUARDIA CIVIL
(Foto de ARCHIVO)
01/1/1970
AUGC Huelva logra el pago de vacaciones no disfrutadas a un guardia civil que se retiró por enfermedad

AUGC Huelva ha distribuido la siguiente información en la que se congratulan por haber conseguido la aplicación, una vez más, de los derechos laborales de sus afiliados.

Nuevo éxito de los servicios jurídicos de AUGC en defensa de sus afiliados, en este caso correspondiente a la Delegación en Huelva, que ha logrado que el T.S.J.M. dicte sentencia favorable para que le sean abonadas las vacaciones no disfrutadas a un Guardia Civil que tuvo que pasar a retiro por enfermedad.

Este afiliado, después de un largo periodo de baja por enfermedad, no pudo hacer uso de sus vacaciones, pasando a la situación de retiro por enfermedad sin poder hacer uso de ellas, por lo que en aplicación de diversas sentencias y directivas europeas, “que parece que no se aplican en la Guardia civil”, realizó la correspondiente petición a la Dirección General, que como casi siempre denegó lo que se peticionaba, incluso ni siquiera contesto a la misma, por lo que debido a ese silencio administrativo, los servicios jurídicos de AUGC Huelva, con el letrado Juan Rodríguez se hizo cargo de la reclamación y del correspondiente recurso al T.S.J.M. que mediante sentencia 431/2022 de 13 de mayo resolvió a favor del Guardia Civil.

La sentencia del T.S.J.M no deja lugar a dudas y dice: Sala ha examinado el tema, partiendo de la doctrina sentada por el TJUE y entiende que la exclusión del art. 2.2 de la Directiva 89/391, que se venía aplicando al personal de la Guardia Civil, no es realmente aplicable, puesto que no consta oposición a la normativa contenida en la Directiva por las particularidades del Cuerpo de la Guardia Civil. Es decir, en la normativa de aplicación a dicho Cuerpo no se especifica aspecto alguno sobre que las particularidades de su función impidan la aplicación de la concreta Directiva en el tema que se examina que es la interpretación y aplicación del art. 7 de la Directiva 2003/88. La sala estima el recurso y declara el derecho a compensación por vacaciones no disfrutadas, durante 2018 y la parte proporcional de 2019, e impone las costas a la Guardia Civil.​

Nuevamente deben ser los tribunales y aplicando directivas Europeas, los que otorguen los derechos a los guardias civiles que ya tienen otros funcionarios y que son sistemáticamente denegados por su "especial singularidad", concepto que se han inventando algunos para no aplicar los mismos derechos que tienen el resto de funcionarios del Estado.

Desde AUGC Huelva quieren poner en valor este tipo de servicios que presta la asociación a sus afiliados, que no solo contribuyen a la defensa de los derechos de los guardias civiles, sino que, como en este caso y en otros muchos, sirven para que el resto de guardias civiles puedan acogerse a este tipo de reclamaciones, que han obligado a la propia guardia civil a cambiar la normativa interna, aunque con recortes como siempre, que serán los tribunales nuevamente los que tengan que resolver.

Es de agradecer el trabajo realizado por los servicios jurídicos de AUGC HUELVA y de su letrado por su trabajo y profesionalidad en la lucha por los derechos de los Guardias Civiles.