miércoles. 08.05.2024
El tiempo

Empleo declara “agente cancerígeno” el polvo de sílice que producen minas, obras y canteras

El cambio de normativa obliga a las empresas a realizar controles médicos periódicos a mineros, transportistas y metalúrgicos al declarar 'cancerígeno' el polvo de sílice. Varios miles de trabajadores en Huelva deberán pasar control médico específico. Las emisiones afectan a la población vecina.
Empleo declara “agente cancerígeno” el polvo de sílice que producen minas, obras y canteras

Las empresas mineras, de construcción, canteras, metalúrgicas y de transporte de mineral y carga y descarga tendrán que controlar la exposición de los obreros al polvo de sílice libre. El Ministerio de Empleo y Seguridad Social ha modificado un Real Decreto para advertir de los graves riesgos para la salud que acarrea a los trabajadores de la minería y las obras públicas respirar polvo de sílice libre, un potente cancerígeno.

El Ministerio de Empleo y Seguridad Social ha culminado la modificación del Real Decreto 1299/2006 de 10 de noviembre que marca el cuadro de enfermedades profesionales en el sistema de la Seguridad Social. En el anexo 1 que refiere las enfermedades profesionales causadas por agentes carcinógenos añade a partir de ahora el polvo de sílice libre (agente 01) que desencadena el cáncer de pulmón.

La modificación  afecta principalmente a los trabajos que se realizan en minas, túneles, canteras, galerías y obras públicas por lo que los más de 6.000 trabajadores que desempeñan su labor en las minas de Huelva: Aguas Teñidas, Magdalena, Riotinto, incluidos los del transporte de mineral, tendrán que pasar obligatoriamente los controles médicos necesarios para medir y controlar su exposición diaria a este potente agente cancerígeno. Y también otros tantos que operan en obras públicas relacionadas con áridos y otros productos similares.

La regulación y control de este agente cancerígeno no solo afecta a los varios miles de trabajadores empleados en minería y obras públicas sino que también deberá ser tenido en cuenta en las poblaciones donde se asientan las explotaciones mineras cuyos vecinos pueden respirar a diario este polvo de sílice libre. Valdelamusa, El Campillo, Nerva, Minas de Riotinto, Sotiel, y todas donde se ha proyectado la reapertura de minas como La Zarza y Tharsis estarán incluidas en esta vigilancia que impone el Real Decreto desde que fue firmado por la entonces ministra de Trabajo, Fátima Báñez hace ya un año.

Precisamente ahora se están desarrollando las charlas informativas por todas las comarcas, empresas, universidades y poblaciones más afectadas por esta declaración.

La modificación tiene su origen, según reconoce el Boletín Oficial del Estado, en “los avances científicos que han permitido un mejor conocimiento de los mecanismos de aparición de algunas enfermedades profesionales y su vinculación con trabajos de minería y obras públicas”.

Estas evidencias médicas han demostrado que “el polvo respirable de sílice libre que puede adoptar la forma cristalina es susceptible de provocar cáncer de pulmón”.

Por eso el Real Decreto ha tomado el ‘principio de necesidad’ y queda por tanto justificado por la ciencia la necesaria inclusión del cáncer de pulmón por inhalación de polvo de sílice como enfermedad profesional.

El Ministerio de Empleo y Seguridad Social ha ido recabando la información de ciudadanos y organizaciones representativas a las que afecta esta norma y ya lo ha puesto en conocimiento de empresas y trabajadores que pueden verse afectados por esta decisión.

Las empresas de minería del cobre tan asentadas en Huelva deben tener a partir de ahora en cuenta los riesgos potenciales que acarrea la respiración continua del polvo de sílice.

De hecho la literatura científica conocida  ya advierte que las enfermedades específicas detectadas en los trabajadores de la industria del cobre  son cáncer de pulmón y vías respiratorias y en segundo lugar enfermedades respiratorias crónicas. La minería onubense es el sector más afectado por este cambio de normativa.