viernes. 19.04.2024
El tiempo

La Junta prorroga las restricciones de horarios y movilidad hasta el 27 de febrero

Supone el cierre perimetral de la comunidad y de sus ocho provincias, el toque de queda nocturno entre las 22 y las 6 horas, y limitación de las reuniones a un máximo cuatro personas, salvo convivientes.
La Junta prorroga las restricciones de horarios y movilidad hasta el 27 de febrero

El presidente de la Junta de Andalucía, Juanma Moreno, ha prorrogado desde las 0,00 horas de este sábado, 13 de febrero, y hasta las 0,00 horas del día 27 de febrero de 2021 las medidas restrictivas sobre movilidad y horarios actualmente vigentes para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-COV-2, que incluye, entre otras, la limitación de la movilidad entre provincias de la comunidad autónoma.

Así se recoge en el Decreto del Presidente 5/2021, de 12 de febrero, en el que se prorrogan las medidas establecidas en el Decreto 2/2021, de 8 de enero, por el que se establecen medidas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía en aplicación del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre y se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-COV-2, y se modifica parcialmente el mismo.

Con este decreto se prorrogan "en toda su extensión" las medidas adoptadas en el citado decreto del presidente del 8 de enero que, a su vez, fue modificado por otro del 15 de enero, que decaían a las 0,00 horas del próximo día 15 de febrero, y que suponen el cierre perimetral de la comunidad y de sus ocho provincias, el toque de queda nocturno entre las 22,00 y las 6,00 horas, y limitar las reuniones a un máximo cuatro personas, salvo convivientes.

Además, la totalidad de los negocios de hostelería y los comerciales deben cerrar a las 18,00 horas. No obstante, se mantiene que se puedan hacer recogidas de pedidos en hostelería hasta las 21,30 horas; encargos por teléfono hasta 22,30 horas y entrega a domicilio hasta 23,30 horas.

Las medidas también suponen el cierre perimetral de aquellos municipios andaluces que superen una tasa de contagio superior a 500 casos por cada 100.000 habitantes en los últimos 14 días. En el caso de los municipios que esta tasa supere los mil casos por cada 100.000 habitantes, se lleva a cabo el cierre total de la hostelería y comercios no esenciales.

LIMITACIONES DE MOVILIDAD

De esta manera, el decreto publicado este viernes confirma que, desde este sábado y hasta el próximo 27 de febrero, "se limita la movilidad entre todas las provincias de la comunidad autónoma de Andalucía y se restringe la entrada y salida de los municipios que superen los 500 casos de Incidencia Acumulada por cada 100.000 habitantes en 14 días", y "en todo caso de aquellos municipios que superen los 1.000 casos de Incidencia Acumulada por cada 100.000 habitantes en 14 días", salvo para una serie de desplazamientos justificados y para otras excepciones.

En concreto, está permitida la entrada y salida de los municipios en dicha situación "para el desarrollo de actividades cinegéticas vinculadas al control de la sobreabundancia de especies cinegéticas que puedan causar daños a los ecosistemas, en los ciclos productivos de la agricultura y la ganadería y en la seguridad vial; desplazamientos, sin acompañamiento, de deportistas federados de categorías de edad inferiores a la absoluta, entrenadores, jueces o árbitros federados,  para las actividades deportivas de competiciones oficiales que se encuentren autorizadas en cada momento por las autoridades sanitarias y que se acreditarán mediante licencia deportiva o certificado federativo, siempre que no procedan de municipio con cierre perimetral o se dirijan a un municipio con cierre perimetral".