La familia que evitó un desahucio no se verá afectada por la decisión del Constitucional
El resto de familias que estaban esperando que su caso siguiera el mismo camino que el de María del Carmen tendrán que esperar al menos hasta que el Tribunal Constitucional se pronuncie de forma definitiva.
María del Carmen Andújar, la vecina de Huelva que fue la primera persona en beneficiarse del la expropiación forzosa de una vivienda a un banco para poder seguir haciendo uso del piso donde vívía ella y su familia amparado en el decreto sobre la función social de la vivienda de la Junta de Andalucía no se verá afectada por la decisión del Tribunal Constitucional que este jueves ha suspendido de forma cautelar la ley andaluza de medidas para asegurar el cumplimiento de la función social de la vivienda, conocida como "antidesahucios", al admitir a trámite el recurso presentado por el Gobierno Central.
Casada y con cuatro hijos, dos de los cuales son menores de edad -de 15 y 17 años- y se encuentran a su cargo, esta mujer de 41 años logró salvar a su familia de un desahucio que estaba ya planeado desde que en octubre de 2011 perdió el piso ubicado en la barriada de La Hispanidad de Huelva, tras salir a subasta después de más de 15 meses sin pagar la hipoteca. El pasado 23 de abril le fue notificada la orden de desahucio para el 14 de mayo, que no se ejecutó a raíz del inicio del procedimiento para acogerse a las medidas del nuevo decreto de la Junta.
El resto de familias que estaban esperando que su caso siguiera el mismo camino que el de María del Carmen tendrán que esperar al menos hasta que el Tribunal Constitucional se pronuncie de forma definitiva. La ley andaluza recurrida fue aprobada el pasado 1 de octubre y derogó el decreto-ley de Andalucía de abril sobre este mismo asunto y que, en su momento, ya fue objeto de otro recurso de inconstitucionalidad, que también supuso su suspensión cautelar.
Desde que el Consejo de Ministros acordó, el pasado 13 de diciembre, presentar un recurso ante el Constitucional contra la ley, la Junta de Andalucía ha culminado dos expropiaciones de viviendas en Huelva y Torremolinos (Málaga) y ha iniciado otros 37 expedientes de expropiación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, al tiempo que ultimaba otras 115 en las ocho provincias.
La admisión a trámite del recurso no supone pronunciamiento alguno sobre el fondo del recurso, que el Tribunal Constitucional resolverá en próximas fechas.
El Gobierno ha recurrido al considerar que la nueva ley reproducía en esencia el contenido del decreto anteriormente recurrido y, por ello, reiteró los motivos expuestos en ese momento para adoptar de nuevo esta decisión.
En concreto, el Ejecutivo central entiende que la ley andaluza es inconstitucional por definir el contenido esencial del derecho de propiedad de la vivienda, utilizando para ello competencias de la Comunidad Autónoma en materia de vivienda y urbanismo.
En la providencia dictada sobre la ley "antidesahucios" andaluza, el pleno del TC da traslado de su decisión a la Junta de Andalucía para que en el plazo de 15 días se persone en el proceso y formule las alegaciones oportunas.
Conforme a la legislación, ha dado también traslado de la demanda y de los documentos presentados al Congreso, al Senado y al Parlamento de Andalucía.
En aplicación del artículo 161.2 de la Constitución, y conforme a lo dispuesto en el artículo 30 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, la resolución indica que para las partes del proceso se suspende la aplicación del precepto impugnado desde la fecha en la que se interpuso el recurso del Gobierno (18 de diciembre de 2013).