jueves. 26.06.2025
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Consumo detecta irregularidades en el 20% del etiquetado de los artículos para aprender a nadar

Consumo detecta irregularidades en el 20% del etiquetado de los artículos para aprender a nadar

El objetivo de esta campaña es comprobar que los artículos sean seguros y cumplan con las normativa en vigor.

La Consejería de Administración Local y Relaciones Institucionales, a través de la Secretaría General de Consumo y los servicios provinciales, ha detectado irregularidades en el etiquetado del 20 por ciento de los artículos destinados a aprender a nadar inspeccionados en 2013, con el fin de comprobar si son seguros y cumplen los requisitos que establece la normativa en vigor.

Según ha indicado la Consejería, la Junta refuerza los controles de este tipo de productos durante la época estival de piscinas y parques acuáticos. Este año la principal irregularidad detectada en artículos como los flotadores de asiento es que el 17,39 por ciento de los artículos no contienen las advertencias exigidas por la normativa, no protege frente al ahogamiento, hinchar siempre totalmente todas las cámaras de aire, usar únicamente bajo supervisión constante al alcance directo del flotador de asiento.

En este sentido, en el 13 por ciento de los flotadores de asiento analizados no figura la inscripción 'no utilizar' en negrita y mayúscula de 5 mm de altura, y en casi el 10 por ciento no aparecen las leyendas 'no utilizar por usuarios que estén por encima o por debajo de la gama designada de peso/edad' y el indicador de 'no utilizar en rompientes de olas'.

Asimismo, estos incumplimientos han sido fruto de los controles de 2013 realizados por los servicios provinciales de Consumo en 144 establecimientos, con un resultado de 209 actas de las que 42 resultaron positivas por contener alguna irregularidad (20,09% del total) en el etiquetado del producto. Igualmente, se tomaron 23 muestras de las que 10 resultaron positivas (43,47% del total), habiéndose detectado principalmente defectos en el etiquetado.

No obstante, las irregularidades detectadas son consideradas de carácter leve por la normativa vigente, la Ley 13/2003 de 17 de diciembre de Defensa y Protección de los Consumidores y Usuarios de Andalucía. Estos incumplimientos conllevan sanciones que oscilan entre 200 y 5.000 euros.

De esta forma, también este año la Junta ha reforzado los controles en este tipo de artículos con una campaña concluida el pasado 30 de junio con la realización de un centenar de controles sobre el etiquetado de manguitos, collarines, bandas pectorales, mochilas y prendas y flotadores de asiento utilizados por los niños y niñas.

Además, se han tomado cinco muestras de chalecos y 15 de manguitos que se han remitido al Centro de Investigación y Control de Calidad, dependiente de la Agencia Española de Consumo, Seguridad Alimentaria y Nutrición, para examinar el etiquetado, las propiedades mecánicas y físicas, los bordes, los elementos salientes y la resistencia a la perforación, a efectos de garantizar la seguridad de estos productos destinados a personas menores.

Recomendaciones de uso

Así, la Consejería de Administración Local y Relaciones Institucionales ha recordado que desde la Secretaría General de Consumo se advierte de la necesidad de leer detenidamente el etiquetado y asegurarse de que es correcto, antes de adquirir un producto de estas características.

En este sentido, se recomienda una vigilancia más especial antes de realizar una compra de este tipo puesto que va destinado al público infantil o a personas que no saben nadar, con el riesgo que ello conlleva.

En el caso concreto de manguitos, collarines, bandas pectorales, mochilas y prendas debe comprobarse que llevan marcado 'CE' y que advierten de que deben hincharse completamente todas las cámaras de aire. Del mismo modo, deben avisar de que sólo pueden utilizarse bajo supervisión constante y que, en el caso de los manguitos, sólo deben colocarse en la parte superior del brazo, entre otras advertencias.

Asimismo, se aconseja comprobar toda la información que contiene el folleto adjunto al artículo, que debe ofrecer detalles sobre el modo de hinchado, deshinchado y el sistema para asegurar el tapón de éstos.

En el caso que se trate de flotadores de asiento, debe tenerse en cuenta que sólo deben utilizarse donde el niño/a haga pie para evitar el riesgo de que se impulse y pueda volcar. Estos flotadores sólo deben ser utilizados por personas usuarias que estén incluidas en la franja de peso/edad para la que han sido diseñados, además de que no deben utilizarse nunca ni en rompientes de olas o en balsas de baño.

Por último, la Junta ha recordado que para reclamar la devolución o cambio del producto es necesario el ticket o factura de compra. Los establecimientos están obligados a disponer de hojas de quejas y reclamaciones a disposición de las personas consumidoras, para lo cual se exhibirá un cartel de tal forma que se pueda conocer claramente su existencia.

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