sábado. 21.06.2025
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Huelva mantendrá cerrada otros 14 días la frontera con Portugal

En Huelva se han cerrado completamente 4 de los seis pasos fronterizos, por lo que se mantendrán los controles en el paso por el Puente Internacional del Guadiana, en Ayamonte, y la N-433 en Rosal de la Frontera
Huelva mantendrá cerrada otros 14 días la frontera con Portugal

Huelva mantendrá cerrada la frontera con con el país vecino, después de que el Gobierno haya decretado la prórroga por otros 14 días del restablecimiento de los controles en las fronteras terrestres con Francia y Portugal. Esta prórroga, decretada mediante una orden firmada por el ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, entrará en vigor en la medianoche entre hoy sábado y mañana domingo y estará vigente hasta las 24.00 horas del sábado 25 de abril, aunque está sujeta a nuevas extensiones en caso de necesidad.

En Huelva se han cerrado completamente 4 de los seis pasos fronterizos, por lo que se mantendrán los controles en el paso por el Puente Internacional del Guadiana, en Ayamonte, y la N-433 en Rosal de la Frontera.

El restablecimiento de los controles en las fronteras interiores de España con Francia y Portugal entró en vigor el pasado 17 de marzo en el marco las medidas de contención del COVID-19 y con el objetivo de proteger la salud y seguridad de los ciudadanos y contener el coronavirus.

FRONTERAS EXTERIORES

El restablecimiento de los controles en las fronteras con Francia y Portugal es adicional a la restricción del acceso de viajeros a través de las fronteras exteriores de España en puertos y aeropuertos. Esta medida en las fronteras exteriores entró en vigor el 23 de marzo y sigue en vigor.

Por las fronteras exteriores en puertos y aeropuertos solo se permite el acceso, además de a los españoles y a los residentes en España, a:

a) Residentes en la Unión Europea o Estados Asociados Schengen, que se dirijan directamente a su lugar de residencia.

b) Titulares de un visado de larga duración expedido por un Estado miembro o Estado Asociado Schengen que se dirijan a éste.

c) Trabajadores transfronterizos.

d) Profesionales sanitarios o del cuidado de mayores que se dirijan a ejercer su actividad laboral.

e) Personal dedicado al transporte de mercancías, en el ejercicio de su actividad laboral y el personal de vuelo necesario para llevar a cabo las actividades de transporte aéreo comercial.

f) Personal diplomático, consular, de organizaciones internacionales, militares y miembros de organizaciones humanitarias, en el ejercicio de sus funciones.

g) Personas viajando por motivos familiares imperativos debidamente acreditados.

h) Personas que acrediten documentalmente motivos de fuerza mayor o situación de necesidad, o cuya entrada se permita por motivos humanitarios.