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Casi cien mil onubenses se han infectado de Covid-19 tres años después de declararse el Estado de Alarma

Casi 100.000 onubenses se han infectado de coronavirus tres años después de eclosionar la pandemia. Han muerto 577 personas en Huelva. Hoy se cumplen tres años de decretarse en encierro de la población.
Decreto BOE 2020
Decreto BOE 2020
Casi cien mil onubenses se han infectado de Covid-19 tres años después de declararse el Estado de Alarma

Hoy se cumplen tres años desde que España se encerró en casa para afrontar una de las pandemias que daños ha causado a la sociedad y aun sigue causando ingresos hospitalarios y muertes.

Las cifras que aporta hoy la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía siguen preocupando aunque ni punto de comparación con lo que ocurría en marzo de 2020 y los años siguientes.

Analíticas para detectar el Covid
Analíticas para detectar el Covid

Nada menos que 99.669 personas se han infectado de un total de 524.000 onubenses censados en la provincia, 21.185 de ellos mayores de 60 años. Y eso que se han puesto 1.243.613 vacunas.

Último parte de afectados por Covid, este martes
Último parte de afectados por Covid, este martes

Han fallecido 577 personas en nuestra provincia, el último esta semana. Aun hay 11 personas hospitalizadas a causa del Covid-19 y en total 5.252 personas han necesitado hospitalización. 94.671 personas se han recuperado de la enfermedad y hay miles de ellas que han pasado el Covid dos veces.

La Consejería de Salud de la Junta de Andalucía confirmó el primer caso de coronavirus en Huelva el 9 de marzo de 2020 aunque esas navidades ya hubo casos de neumonías atípicas no diagnosticadas de onubenses en Francia e  Italia. 

Y antes, el 26 de febrero de 2020, la Dirección General de Salud Pública de la Consejería de Salud y Familias confirmaba el primer caso de coronavirus detectado en la comunidad autónoma en un paciente ingresado en el Hospital Universitario Virgen del Rocío de Sevilla. Aquel paciente de 62 años no había viajado con anterioridad a Italia y era onubense.

Una mujer de 70 años fue la primera persona que se puso en aislamiento domiciliario en Huelva tras un viaje al primer foco serio detectado en Italia.

Lo peor es el tremendo deterioro que ha ido sufriendo la sanidad pública hasta el punto de preguntarse qué pasaría hoy si rebrotara o llegara una pandemia similar, con la Atención Primaria en la UCI y falta de personal en todos los departamentos sanitarios andaluces.

El BOE

TEXTO ORIGINAL

La Organización Mundial de la Salud elevó el pasado 11 de marzo de 2020 la situación de emergencia de salud pública ocasionada por el COVID-19 a pandemia internacional. La rapidez en la evolución de los hechos, a escala nacional e internacional, requiere la adopción de medidas inmediatas y eficaces para hacer frente a esta coyuntura. Las circunstancias extraordinarias que concurren constituyen, sin duda, una crisis sanitaria sin precedentes y de enorme magnitud tanto por el muy elevado número de ciudadanos afectados como por el extraordinario riesgo para sus derechos.

El artículo cuarto, apartado b), de la Ley Orgánica 4/1981, de 1 de junio, de los estados de alarma, excepción y sitio, habilita al Gobierno para, en el ejercicio de las facultades que le atribuye el artículo 116.2 de la Constitución, declarar el estado de alarma, en todo o parte del territorio nacional, cuando se produzcan crisis sanitarias que supongan alteraciones graves de la normalidad.

En este marco, las medidas previstas en la presente norma se encuadran en la acción decidida del Gobierno para proteger la salud y seguridad de los ciudadanos, contener la progresión de la enfermedad y reforzar el sistema de salud pública. Las medidas temporales de carácter extraordinario que ya se han adoptado por todos los niveles de gobierno deben ahora intensificarse sin demora para prevenir y contener el virus y mitigar el impacto sanitario, social y económico.

Para hacer frente a esta situación, grave y excepcional, es indispensable proceder a la declaración del estado de alarma.

Las medidas que se contienen en el presente real decreto son las imprescindibles para hacer frente a la situación, resultan proporcionadas a la extrema gravedad de la misma y no suponen la suspensión de ningún derecho fundamental, tal y como prevé el artículo 55 de la Constitución.

En su virtud, a propuesta de la Vicepresidenta Primera del Gobierno y Ministra de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática, del Ministro de Sanidad, de la Ministra de Defensa, y de los Ministros del Interior, y de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 14 de marzo de 2020,

DISPONGO:

Artículo 1. Declaración del estado de alarma.

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