miércoles. 24.04.2024
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Reactivado el debate sobre la usura de las tarjetas revolving después de las últimas sentencias judiciales

Empiezan a aparecer autos que fallan a favor de la banca y no reconocen los intereses de estas tarjetas como “desproporcionados”.
Tarjetas.
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Reactivado el debate sobre la usura de las tarjetas revolving después de las últimas sentencias judiciales

Reactivado el debate sobre la usura de las tarjetas revolving después de las últimas sentencias judiciales. Empiezan a aparecer autos que fallan a favor de la banca y no reconocen los intereses de estas tarjetas como “desproporcionados”.

Parecía un asunto zanjado. Cuando en marzo de 2020 el Tribunal Supremo se pronunció sobre los intereses de una tarjeta revolving de la entidad WiZink y consideró que había usura en su 27% TAE parecía que de una vez por todas se ponía punto y final a las disputas entre la banca y los consumidores en torno a este producto financiero tan peculiar. 

Por aquel entonces, en lo que era una de las sentencias más esperadas de los últimos años, el Alto Tribunal daba la razón a los clientes y abría así las puertas de la reclamación a los miles de particulares afectados por los elevados intereses de las tarjetas revolving. Justo en la antesala de la pandemia, a los bancos les tocaba asumir este duro revés económico y restituir las cantidades cobradas de más. La consecuencia más directa era hablar de pérdidas millonarias.

Un giro en el guión

Sin embargo, el tablero donde se disputa esta peculiar partida ha cambiado hace escasas semanas. Si bien parecía que sí, la realidad es que no estaba todo dicho. El pasado 4 de mayo (STS 367/2022) del 2022 la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo se volvió a pronunciar sobre este asunto y dio una vuelta de tuerca a su fallo inicial de marzo de 2020. Más de dos años y centenares de sentencias después se producía un giro en el guion que ponía en alerta a abogados y consumidores afectados.

En esta ocasión, y para sorpresa de la gran mayoría de especialistas, el Supremo descartó tildar de usurario un contrato de una tarjeta revolving suscrito en 2006 cuyo TAE ascendía hasta el 24,5%. La causa esgrimida fue que el tipo de interés de la tarjeta en cuestión “estaba muy próximo al tipo medio de las operaciones con las que más específicamente comparte características”. La banca recibía así una bomba de oxígeno después de acumular un sinfín de condenas.

Pero no acabó ahí la historia. Si bien este primer fallo ya generó revuelo, aún más comentarios ha despertado el publicado el pasado 30 de mayo de 2022 por la Audiencia Provincial de Barcelona replicando esta decisión inicial. Una decisión que reactiva el debate sobre la usura de las tarjetas revolving y denota que el Tribunal Supremo sigue sin asentar un criterio claro respecto a este producto y plantea un escenario de suma incertidumbre de cara a próximas reclamaciones.

¿Las tarjetas de crédito revolving que las grandes entidades bancarias en España pusieron en el mercado operan dentro de la normalidad o son usurarias? Esta duda parece ahora obtener una nueva respuesta y según estas últimas decisiones parecen no ser usurarias. 

Explorar nuevas vías

A pesar de estos autos, los abogados consultados no tiran la toalla y creen que la posibilidad de reclamar estas tarjetas sigue existiendo. Simplemente hay que poner el foco en otro componente y centrar el debate en la falta de transparencia de su comercialización. Y es que no se puede pasar por alto que muchos consumidores adquirieron este producto sin obtener una explicación mínima donde se detallase su funcionamiento, o se hiciera referencia a los intereses tan elevados que incluían.

Lejos de esta forma de proceder, en su gran mayoría, los clientes llegaron a las tarjetas revolving a través de agentes o puestos comerciales de grandes almacenes donde se les ofrecía este producto como una solución a sus problemas, cuando en realidad resultaba ser un problema con difícil solución.