¿Qué pasa con la Policía Local de Riotinto?
El conflicto desatado en los últimos días entre la alcaldesa de Minas de Riotinto, Rosa Caballero, y el cuerpo de la Policía Local del municipio ha puesto de manifiesto la existencia de ciertos interrogantes y alguna contradicción en el proceder de una y otra parte.
La polémica sirgió cuando en una sola noche, coincidiendo con la tradicional Fiesta de la Esquila, agentes policiales multaron a nada más y nada menos que 25 vehículos por mal estacionamiento, la mayoría por estar aparcados encima de una acera en una calle en la que los conductores vienen aparcando de ese modo desde toda la vida, al parecer porque es la única forma de permitir la circulación por esa vía.
Tal y como cabía esperar, la actuación policial generó un enorme malestar entre los vecinos, y sobre todo entre las personas multadas por hacer algo que llevan haciendo desde siempre, lo que a su vez obligó a la alcaldesa a criticar públicamente el proceder de la Policía para intentar que los ciudadanos no carguen la culpa contra ella.
Ante ello, no se hizo esperar tampoco la reacción de la otra parte, que mostró una Orden de Servicio en la que desde la propia Alcaldía, sólo tres días antes de la 'noche de autos', se recordaba a los agentes policiales que "deberán formular las denuncias oportunas de toda infracción en materia de tráfico”, tras lo que se les advertía de que "la desobediencia a los superiores jerárquicos de estas órdenes se considera falta grave”.
La primera conclusión que puede sacarse de esa orden es que la Policía actuó en todo momento cumpliendo el mandato de la alcaldesa y del equipo de gobierno municipal del PP, por lo que Rosa Cabellero habría mentido cuando comunicó en un bando que el “el equipo de gobierno no ha autorizado la actuación que la Policía Local ha llevado a cabo” y que dicha actuación “obedece más bien a un afán de protesta contra ciertas decisiones que no son de su agrado”.
Conocida después la Orden de Servicio, queda claro que el equipo de gobierno sí había autorizado las multas, pues sólo tres días antes recordó a los agentes su obligación de denunciar toda infracción en materia de tráfico. Ahora bien, ¿esa Orden de Servicio obligaba a multar por estacionar de la misma forma que viene estacionándose desde toda la vida? Con la normativa en la mano, la respuesta es que sí. Ahora bien, quizá la Alcaldía sólo emplazaba, en la Orden de Servicio, a denunciar todas las infracciones excepto aquellas aceptadas por una especie de normativa tácita, que es lo que parece ser que defiende la alcaldesa cuando criticó la actuación policial. En ese caso, Caballero habría incurrido en una contradicción, la de asegurar que el equipo de gobierno no autorizó la actuación policial, pues si estaba autorizada en la Orden de Servicio, de ahí que la alcaldesa tendría que haberse limitado a defender que no se multe por estacionar encima de esa acera en concreto.
El otro interrogante que genera el caso es si la Policía Local debió tomarse al pie de la letra la Orden de Servicio, en la que además se advierte de que la desobediencia puede ser considerada una falta grave. ¿Tenían motivos los agentes para temer que el Ayuntamiento les abriría un expediente sancionador si no multaban a todos los vehículos aparcados encima de esa acera? Una vez conocida la dimensión del conflicto entre las dos partes podría pensarse que sí, aunque la respuesta a esta pregunta sólo es cosa de los propios agentes y de quienes conocen con exactitud las relaciones entre las partes.