jueves. 25.04.2024
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Los pecados capitales de Moody Investments que le impiden comprar el Recre

Los pecados capitales de Moody Investments que le impiden comprar el Recre

La negativa del Ayuntamiento a aceptar la oferta de Moody Investment SA por el 90% de las acciones del Recreativo no sólo está basada en el incumplimiento de dos de los requisitos claves del Pliego de Condiciones, como son la acreditación de un patrimonio mínimo de 8 millones de euros y la presentación de un aval bancario de 1,8 millones de euros a cuenta de la deuda del club con la Seguridad Social, cuya responsabilidad ha sido derivada al Consistorio.

La firma panameña tampoco ha satisfecho una serie de requisitos burocráticos, según desvela el Informe de Calificación de Documentos elaborado por la Secretaría de la Mesa de Contratación, a fecha 26 de junio de 2017, al que ha tenido acceso DiariodeHuelva.es. Estos son todos los papeles que le ha faltado presentar a la empresa de Vicente Simón para poder comprar el Decano:

  1. Informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular, en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa, en el que se haga constar, que actúan con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades a las que se extiende el objeto del contrato. Igualmente deberán acompañar informe de la Misión Diplomática Permanente española, que acredite que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de las empresas españolas en la contratación con la Administración y con el sector público.
  2. Documento que acredite la representación (escritura notarial) para poder ser bastanteado al efecto por el Letrado del Departamento de Contratación.
  3. Declaración responsable de no estar incurso en prohibiciones e incompatibilidades para contratar con la administración de conformidad con lo establecido en el artículo 60 y 61 del TRLCSP.
  4. Solvencia económica y financiera para hacer frente a las obligaciones económicas: Deberán presentar las cuentas anuales, por importe igual o superior a 8.000.000 de euros del cierre del último ejercicio económico, aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho Registro, y en caso contrario, por la depositada en el Registro Oficial en que deba estar inscrito.
  5. Solvencia técnica o profesional, mediante certificados o informes de organismo públicos, de participación en gestión y organización de proyectos deportivos, competiciones deportivas, gestión o participación en clubes de fútbol u otro deporte oficial.
  6. En cuanto al proyecto deportivo de gestión y explotación del Recreativo presentado, tendrá que ser informado por el técnico correspondiente donde compruebe el cumplimiento de compromiso de fidelización con el club durante, al menos, tres años.
  7. Aval bancario por importe de 1.804.144,77 euros, con pago al primer requerimiento por parte del Ayuntamiento, de duración indefinida en tanto no se notifique a la entidad bancaria su cancelación.
  8. Declaración, como empresa extranjera de someterse a la Jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles.