El TS mantiene la condena de un año y tres meses a Comas, pero le libra de la cárcel y de pagar al Recre
Es un empate que en el fondo perjudica al Recreativo. El Tribunal Supremo (TS) ha desestimado todos los recursos presentados en el llamado 'caso Comas', ratificando de este modo la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), que exonera al ex propietario y ex presidente del Decano de uno de los dos delitos por los que había sido condenado a tres años de cárcel por la Audiencia Provincial de Huelva y a indemnizar al Recre con 646.516,21 euros.
En su pronunciamiento, el Alto Tribunal desestima el recurso de los abogados de Comas, que solicitaban la absolución de su cliente del delito de falseamiento de cuentas sociales que dictaminó el TSJA. Pero del mismo modo, el Supremo rechaza los recursos interpuestos por el Trust, la acusación particular y el Ayuntamiento de Huelva, que pretendían ampliar los tipos delictivos contra el madrileño, abriendo así la puerta a una compensación económica para el club.
Sin indemnización para el Recre
Finalmente, la Sala de lo Penal del TS confirma la condena de un año y tres meses de cárcel contra Pablo Comas por cometer un delito de falseamiento de cuentas sociales en su gestión al frente del Recreativo. No obstante, el empresario no entrará en la cárcel. Además, el Alto Tribunal ratifica que tampoco tendrá que pagar una indemnización de 646.516,21 euros al Decano en concepto de responsabilidad civil.
Errores de bulto
De este modo, el Recre no podrá compensar la sentencia del Juzgado de Primera Instancia número 3 de Huelva, que condena a la entidad que ahora preside José Antonio Sotomayor a pagar 483.661 euros, más intereses y costas (unos 633.000 euros en total) a la sociedad Gildoy España SL, propiedad del propio Comas. Todo tras un procedimiento donde, tanto los letrados albiazules, como los abogados del inversor, cometieron errores de bulto.