martes. 23.04.2024
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El Defensor del Pueblo Andaluz avala el trato discriminatorio en la Zona ORA de Riotinto

El Alto Comisionado andaluz ve legal que la medida discrimine a los ciudadanos en función del municipio al que pertenecen
El Defensor del Pueblo Andaluz avala el trato discriminatorio en la Zona ORA de Riotinto

El Alto Comisionado ve legal que la medida discrimine a los ciudadanos en función del municipio al que pertenecen

La Zona ORA en las calles aledañas al Hospital de Minas de Riotinto, que el Ayuntamiento de la localidad quiere implantar a partir del próximo mes de mayo, es considerada legal por parte del Defensor del Pueblo Andaluz, pese a que la medida discrimina a los ciudadanos en función del municipio al que pertenecen, pues quedarán exentos de pago las personas empadronadas en Riotinto.

Esta es la principal conclusión que puede extraerse de la respuesta que el Alto Comisionado andaluz ha emitido a la queja presentada por un ciudadano particular, natural del municipio y actualmente residente en Badajoz. En el escrito, al que ha tenido acceso el diariodehuelva.es, el Defensor resuelve que la medida denunciada no es contraria al ordenamiento jurídico.

"Tras un detenido estudio de lo expuesto en su escrito, entendemos que el asunto que nos plantea, en principio, no es indicativo de una actuación administrativa del Ayuntamiento de Riotinto que sea contraria al ordenamiento jurídico, o que no respete los principios constitucionales que está obligada a observar toda Administración Pública en su actividad"

Así lo entiende el Defensor del Pueblo Andaluz, que por ello asegura que la denuncia de este vecino, José Manuel Núñez, "no puede ser admitida a trámite como queja por considerar que no se desprende de ésta que se haya producido una infracción que suponga la vulneración de un derecho constitucional o estatutario".

El Alto Comisionado sólo se basa en que "los municipios, de acuerdo con la legislación local, ostentan competencias en materia de tráfico, estacionamiento de vehículos y movilidad, pudiendo aprobar, cumpliendo los trámites establecidos para ello, entre los que se encuentra el periodo de información pública, una ordenanza estableciendo el estacionamiento regulado en determinadas zonas del municipio si lo estiman procedente".

Sin embargo, el Defensor del Pueblo Andaluz no se pronuncia sobre el aspecto que ha levantado las dudas sobre esa medida aprobada por el Ayuntamiento de Minas de Riotinto, como es el hecho de que se excluya del pago a determinados ciudadanos en función únicamente del municipio en el que están empadronados, un aspecto que otros ayuntamientos de la provincia ya han considerado claramente inconstitucional.

De hecho, esa es la gran novedad del sistema de estacionamiento de pago que quiere implantar el Consistorio riotinteño. Ya era de sobra conocido que la aplicación de una tarifa por aparcar es legal, pues la tienen numerosos municipios. Sobre lo que había dudas, al menos para algunos, es sobre la legalidad de que el criterio de exención de pago sea el empadronamiento, esto es, el pertenecer a un municipio u otro, pues hasta ahora, al menos en la provincia de Huelva, sólo han sido eximidos de pago las personas residentes en las calles afectadas, no las empadronadas en el municipio en cuestión.

Esta distinción entre ciudadanos ya ha sido denunciada por ayuntamientos, partidos políticos y organizaciones sociales, que además han puesto el acento en el hecho de que el Hospital de Minas de Riotinto es el centro hospitalario de referencia de toda la Cuenca Minera, la Sierra y el Andévalo onubense y que además fue levantado en el municipio riotinteño como consecuencia de la reivindicación de todas estas comarcas.

Todas esas consideraciones han llegado al Defensor del Pueblo Andaluz, pues se las ha trasladado el vecino que presentó la queja, pero no han sido tenidas en cuenta. El Alto Comisionado sólo le pone un pero al Ayuntamiento de Riotinto, pues afirma que "el respeto a las normas que regulan la acción administrativa no solo no impide, sino que al contrario, aconseja, el que las decisiones adoptadas dentro del marco de discrecionalidad que el ius variandi ampara, se adopten en un escenario de debate y máximo consenso que respalde socialmente las medidas puestas en marcha".

La reacción

La respuesta del Defensor del Pueblo Andaluz no ha sido del agrado del ciudadano que presentó la queja. José Manuel Núñez considera ha pedido al Alto Comisionado que reconsidere una postura que ha tomado, a su juicio, "a la ligera" y sin examinar el expediente. "No ha tardado dos días en responder", añade Núñez, quien tiene claro que la medida del Ayuntamiento de Riotinto "no atiende a los principios igualitarios", por lo que podría ser, sostiene, "inconstitucional".