viernes. 26.04.2024
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Un juez paraliza las cuatro torres de 11 pisos previstas en Punta Umbría

El juez da tres días al Ayuntamiento para alegar contra esta determinación al considerar que podría vulnerarse el artículo 75 de la Ley Andaluza de Ordenación Urbanística
Un juez paraliza las cuatro torres de 11 pisos previstas en Punta Umbría

El juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3 de Huelva ha resuelto paralizar la venta de suelo municipal destinada a la construcción de cuatro torres de 11 pisos cada uno y que se iban a construir en la avenida Ciudad de Huelva, junto a los antiguos depósitos de agua, en una zona paralela a la playa

La medida cautelar impide la ejecución del acuerdo plenario que salió a la luz recientemente y con la que se prevé edificar 172 viviendas, de las cuales 54 serían de protección oficial y el resto de renta libre según el proyecto del Ayuntamiento que salió adelante con los votos de PSOE y PP.

El líder de la oposición y presidente de Unidos Por Punta Umbría (UPU),  José Carlos Hernández Cansino, ha sido el encargado de denunciar este caso a la justicia ya que en su opinión se vulnera el artículo 75 de la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA), por no destinar las parcelas integrantes del Patrimonio Municipal del Suelo a viviendas de protección oficial u otros usos de interés social.

Con esta decisión e juez da tres días al consistorio para alegar en contra de esta determinación y para que de las explicaciones oportunas, si a pesar de ello se mantuvieran las medidas cautelares tendría que esclarecerse un largo proceso judicial.

Según destaca el auto del juez, al que ha tenido acceso diariodehuelva.es, con las medidas cautelares se trata de asegurar la eficacia de la resolución que ponga fin al proceso o, como dice expresivamente el artículo 129 de la LJCA, "asegurar la efectividad de la sentencia".

En definitiva, con la medida cautelar se intenta asegurar que la futura sentencia pueda llevarse a la práctica de modo útil.

A priori, todos los bienes que integran la superficie municipal de Punta Umbría –tras la segregación del Ayuntamiento de Cartaya– pertenecen al Ayuntamiento con la calificación jurídica de bienes de propios integrados en el patrimonio municipal del suelo, en virtud de acuerdo de 21 de mayo de 1.963 por el que se aprueba el Plan General de Ordenación Urbana, calificación que no ha sido alterada en momento alguno. Esta conclusión viene reforzada por Informe de la Interventora Municipal de fecha 5 de septiembre de 2017, que se acompaña con el escrito de interposición, y que también considera dichas parcelas integrantes del PMS “según consta en el Inventario Municipal”, manifestando que “se hará preciso justificar que el destino de los recursos a obtener por ellos se adecua al contenido del artículo 75.2 de la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía.