viernes. 27.06.2025
El tiempo

Cualquier ciudadano puede grabar los plenos

Cualquier ciudadano puede grabar los plenos

El Tribunal Supremo ha dictado una sentencia por la cual rechaza la prohibición al público de grabar los plenos de los ayuntamientos. La discordia se ha originado en el Ayuntamiento de Mogán (Canarias), cuyo reglamento impedía a medios de comunicación no autorizados, concejales y público en general realizar grabaciones de las sesiones sin autorización de la presidencia del pleno. La sentencia habla claro en este sentido, y recuerda el carácter público de los plenos, de manera que no se puede restringir, dice el tribunal, el derecho de la ciudadanía a su directo e inmediato conocimiento, e excepción de los casos en que las sesiones sean declaradas reservadas de manera excepcional. El Supremo sienta así jurisprudencia, basándose en la Constitución, sobre un dilema que siempre ha girado en torno a los plenos y las cámaras o grabadoras. Los plenos son públicos, y cualquiera puede grabar en ellos.

Comentarios