sábado. 20.04.2024
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Los onubenses podrán bañarse en sus playas a partir del lunes si Huelva pasa a la fase 2

El baño estará permitido manteniendo una distancia mínima de seguridad de, al menos, dos metros. Podrán abrir al público las piscinas con un aforo máximo del 30%
Los onubenses podrán bañarse en sus playas a partir del lunes si Huelva pasa a la fase 2

Los onubenses podrán finalmente bañarse en sus playas a partir del próximo lunes, 25 de mayo, si Huelva entra en la fase 2, algo que previsiblemente sucederá al ser una de las provincias con menos casos de coronavirus de España. Ahora mismo el baño sigue prohibido y las playas solo pueden ser usadas para practicar deporte a los residentes en el municipio o para pasear si se vive a menos de 1 kilómetro para evitar aglomeraciones, ya que el contagio por coronavirus es poco probable a través del agua o la arena.

De momento, a partir del la semana que viene solo podrán bañarse en las playas los ciudadanos de la provincia. Hay que recordar que el desplazamiento entre provincias no estará permitido hasta la 'nueva normalidad', a finales de junio como muy pronto. Eso si no hay un giro inesperado de los acontecimientos. Por tanto, de momento, las playas de Huelva serán solo para uso y disfrute de los onubenses.

Según publica el Boletín Oficial del Estado (BOE) para las cuatros islas que van por delante en la desescalada, el tránsito y permanencia en las playas se realizará en la fase 2 manteniendo una distancia mínima de seguridad de, al menos, dos metros, o, en su defecto, medidas alternativas de protección física, de higiene de manos y mascarilla respiratoria. A estos efectos, los grupos deberían ser de un máximo de 15 personas, excepto en el caso de personas convivientes, y siempre dentro de la misma provincia. 

Asimismo, se permite la práctica de actividades deportivas, profesionales o de recreo, siempre que se puedan desarrollar individualmente y sin contacto físico, permitiendo mantener una distancia mínima de dos metros entre los participantes.

APERTURA AL PÚBLICO DE PISCINAS

La Orden del Ministerio de Sanidad del 16 de mayo establece también la apertura al público de las piscinas recreativas con un aforo máximo del 30% de la capacidad de la instalación, siempre que sea posible respetar la distancia de seguridad de dos metros entre usuarios, en caso contrario, se reducirá dicho aforo a efectos de cumplir con la distancia de seguridad.

Para poder acceder a la piscina se requerirá cita previa con la entidad gestora de la instalación. Para ello, se organizarán horarios por turnos, fuera de los cuales no se podrá permanecer en la instalación. Estas instalaciones deberán estar dotadas de jabón y geles hidroalcohólicos. Los aseos de las piscinas tendrán una ocupación máxima de una persona, salvo en aquellos supuestos de personas que puedan precisar asistencia, en cuyo caso también se permitirá la utilización por su acompañante. No se podrá hacer uso de las duchas de los vestuarios ni de las fuentes de agua.

Antes de la apertura, se deberá llevar a cabo la limpieza y desinfección de las instalaciones con especial atención a los espacios cerrados como pueden ser vestuarios o baños.

Asimismo, se deberán limpiar y desinfectar los diferentes equipos y materiales como rejilla perimetral, botiquín, taquillas, así como cualquier otro en contacto con los usuarios y que forme parte de la instalación. Las superficies en contacto frecuente con las manos de los usuarios, como pomos de las puertas de los vestuarios, o barandillas, se deberá llevar a cabo una limpieza y desinfección de, al menos, tres veces al día.