viernes. 26.04.2024
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Asaja celebra la sentencia que desbarata el bloqueo de UGT al convenio del campo

El Juzgado de lo Social número 2 de Huelva ha desestimado íntegramente el intento de impugnación de UGT del convenio colectivo del campo y ha certificado que el acuerdo firmado en octubre por Asaja-Huelva y CCOO se ajusta a la legalidad.
Asaja celebra la sentencia que desbarata el bloqueo de UGT al convenio del campo

El Juzgado de lo Social número 2 de Huelva ha desestimado íntegramente el intento de impugnación de UGT del convenio colectivo del campo y ha certificado que el acuerdo firmado en octubre por Asaja-Huelva y CCOO se ajusta a la legalidad.

"El convenio del campo de la provincia de Huelva suscrito el pasado 9 de octubre de 2018 por Asaja-Huelva y CCOO es perfectamente válido en todo su articulado y se ajusta a la legislación vigente", han precisado en un comunicado desde la organización agraria.

Al respecto, han subrayado en un comunicado que la justicia "ha dado un espaldarazo al convenio del campo firmado por Asaja-Huelva y CCOO, con la ausencia, por primera vez en la historia, de UGT, que en el último momento se descolgó de las negociaciones exigiendo condiciones absolutamente inasumibles".

Desde Asaja han lamentado que UGT, "en lugar de mostrar lealtad y compromiso con un sector fundamental para la economía de la provincia y con los miles de trabajadores que desarrollan su labor y que se sustentan, junto con sus familias, la mayoría en zonas muy desfavorecidas de la provincia, de la actividad agraria y forestal, intentó sacar réditos políticos y publicidad fácil con una actitud teatral muy alejada de la auténtica defensa de sus representados".

Todo ello, han asegurado desde la organización agraria, "dinamitando el proceso negociador y entorpeciéndolo, e incluso llegando a firmar un convenio alternativo con UPA y COAG, una auténtica pantomima que no ha tenido recorrido alguno y, como es lógico y ellos sabían perfectamente, carente de toda validez".

De igual manera, desde Asaja han lamentado que éstos interpusieran esta demanda de impugnación pero han valorado que haya sido desestimada por el citado juzgado con una sentencia que tumba los dos motivos esgrimidos por UGT con los que pretendía romper el convenio del campo.

En primer lugar, UGT señalaba que el artículo 6 del Convenio del Campo, el que describe la condición de fijo discontinuo, "incurría en un fraude, por considerar que la exigencia de 236 jornadas reales al año para la adquisición de dicha condición resulta a su parecer inviable".

Desde Asaja han argumentado que "da la casualidad de que la redacción de dicho artículo existe en el convenio desde 2011, y que nuevamente fue incluido, tal cual, en 2015, estando vigente en los convenios del Campo de ambos periodos y habiendo sido rubricados, en ambos casos, por la parte demandante, es decir, por la propia UGT Figat".

La sentencia especifica que, efectivamente, el artículo 6 presente también en el Convenio del Campo actual presenta la misma redacción que en los dos anteriores, negociados y firmados por UGT, y que no impide la aplicación de la normativa legal contenida en el Estatuto de los Trabajadores, por lo que rechaza este motivo para sustentar la impugnación de un convenio que, para colmo, "ha superado los controles de legalidad exigidos".

En segundo lugar, UGT interpuso como segundo motivo para la impugnación el porcentaje de subida salarial del 2% acordado por la comisión negociadora y firmado por Asaja-Huelva y CCOO, insuficiente y fuera del IV Acuerdo Nacional para el Empleo y la Negociación Colectiva 2018-2020 según la parte demandante. Según Asaja, el Juzgado apunta que ese 2% "es superior a las subidas que le precedieron (y que firmó UGT) y que ese IV Acuerdo establece recomendaciones, no obligaciones, por lo que la sala tumba todos los argumentos de UGT".