viernes. 03.05.2024
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El lento reloj de la expropiación de las acciones del Recre

El proceso expropiador difícilmente estará concluido antes del 30 de junio, fecha en la que el Decano necesita tener unos nuevos gestores y pagar o pactar el abono de 2 millones de euros para evitar un descenso administrativo.
El lento reloj de la expropiación de las acciones del Recre

La decisión del Ayuntamiento de Huelva de expropiar a Gildoy España SL el 75% de las acciones que posee del Recreativo aún está lejos de hacerse efectiva. El reloj de la expropiación es lento y muchos dudan que pueda ejercerse antes del 30 de junio, fecha en la que el club necesita unos nuevos gestores que hagan frente al pago o aplazamiento de unos 2 millones de euros para evitar el descenso administrativo.

alcalde1La expropiación, anunciada por el alcalde Gabriel Cruz en una rueda de prensa, se apoyaría en la condición del Decano como Bien de Interés Cultural y el riesgo evidente e inmediato de que pueda desaparecer, y encontraría justificación legal en la Ley de Protección del Patrimonio.

¿Cuáles serían los primeros pasos a dar para privar a Pablo Comas y sus socios de las acciones del Decano?

1-La legislación concede a la administración autonómica la potestad de actuar en primer lugar y decidir si asume o no la expropiación. Si la respuesta fuera positiva, la Consejería de Cultura sería la elegida en buena lógica. Si la respuesta fuera negativa, entonces será el Ayuntamiento de Huelva quien asuma como propio el proceso expropiador. Tomar esta decisión no debería demorarse más allá de esta semana.

pleno-del-ayuntamiento-de-huelva-_web2-El Consistorio debe convocar por la vía de urgencia un Pleno Extraordinario y someter la expropiación a la votación de los distintos grupos municipales. Se da por hecho que al menos el PSOE, IU y Mesa de la Ría votarán sí, por lo que la medida saldrá adelante.

3-El Ayuntamiento ya ha anunciado que las acciones de Gildoy España SL revertirían en el propio Consistorio y no en Huelva Deporte SL, la firma municipal poseedora del 23% de las acciones del Recre. Por lo tanto, debe crearse una nueva persona jurídica que se haga cargo del 75% de las acciones de Gildoy. Desde Mesa de La Ría ya han propuesto la creación de una Fundación mixta con participación del Ayuntamiento, la Federación de Peñas y el Recreativo Supporters Trust. Del mismo modo, debe designarse una nueva directiva para gobernar el club.

COLOMBINO4-La expropiación propiamente dicha se regirá por la Ley de Expropiación Forzosa de 1954 que establece una serie de fases y procedimientos a cumplimentar, incluida la publicación en los boletines oficiales de la administración (BOE, BOJA o BOP) y el periódico local de mayor tirada, y un plazo de 15 días para dar conocimiento público del proceso y conceder la oportunidad de que puedan formularse alegaciones. Si hay alegaciones, estas deben resueltas por la autoridad competente en el lapso de 20 días.

5-Aprobada la expropiación, debe fijarse un justiprecio, que es la indemnización que, en este caso, recibiría Gildoy España SL por sus acciones. Las partes tienen la posibilidad de llegar a un acuerdo previo. Si no es así, el caso se dirimirá ante el Jurado Provincial de Expropiación. Existe un procedimiento de expropiación urgente que permitiría al Ayuntamiento expropiar primero y pagar después.

pc26-Si alguna de las partes no está conforme con el dictamen del Jurado Provincial de Expropiación puede recurrir a la Justicia ordinaria que debe decidir si la expropiación es válida y, en caso de que sea así, fijar el justiprecio.

7-Por último, existe el derecho de reversión, por el que si en el futuro desaparece la causa que motivó la expropiación (en este supuesto, el riesgo de que el Recreativo desaparezca), Gildoy España puede ejercer el derecho a que se le devuelvan las acciones, y si no es posible, a que se le indemnice.