La Asociación de Propietarios acusa al Ayuntamiento de Almonte de “mentir” sobre la resolución de la zona azul

Playa de Matalascañas

La entidad asegura que el Tribunal Administrativo no avala el expediente municipal y que la inadmisión del recurso se produjo únicamente por motivos formales

 

La Asociación de Propietarios del Centro de Interés Turístico Nacional de la Playa de Matalascañas ha acusado este lunes al Ayuntamiento de Almonte de “mentir abiertamente” en la nota de prensa difundida sobre la resolución emitida por el Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía en relación con la implantación de la zona azul en el núcleo costero.

La asociación sostiene que el Consistorio ha “tergiversado” el contenido de la Resolución 328/2026 al presentar la inadmisión del recurso como un respaldo jurídico al procedimiento municipal, cuando, según defienden, el Tribunal no entra a valorar el fondo del asunto.

El presidente de la entidad, Juan Gómez Palma, afirma que “el Tribunal no ha avalado el expediente, ni ha respaldado la actuación municipal, sino que se ha limitado a inadmitir el recurso por cuestiones procesales”. En este sentido, recalca que la propia resolución señala expresamente que la decisión se adopta “sin entrar en el examen de fondo”.

La Asociación también denuncia que el Ayuntamiento habría omitido en su comunicación pública varios aspectos recogidos en la resolución, entre ellos las referencias del Tribunal a supuestas deficiencias en la tramitación de la licitación de la ORA. Según explican, el órgano autonómico apunta que ni el anuncio de licitación ni los pliegos recogían qué órgano debía resolver los recursos especiales, un requisito que consideran obligatorio.

Asimismo, critican que el Consistorio intentara apoyarse en una adhesión al Tribunal de la Diputación de Huelva que, según sostienen, el propio Tribunal andaluz cuestiona al no constar un convenio perfeccionado en la fecha de la licitación.

Otro de los aspectos destacados por la Asociación es que el servicio de estacionamiento regulado comenzó a funcionar mediante un decreto provisional y antes de la aprobación definitiva de la ordenanza correspondiente. Para los propietarios, esta situación evidencia “falta de seguridad jurídica” en la implantación del sistema.

Respecto a la sanción económica de 1.500 euros impuesta a la Asociación por la presentación del recurso, Gómez Palma subraya que el Tribunal descarta expresamente la mala fe y aplica la cuantía mínima prevista legalmente. “Seguiremos defendiendo los intereses de los propietarios de Matalascañas en las instancias que correspondan”, concluye.