Punta Umbría también prohíbe el uso de petardos y bengalas

El Ayuntamiento advierte de que además está prohibida la venta y distribución de artículos pirotécnicos en los establecimientos que no cuenten con la autorización

Con el fin de compaginar la celebración de las fiestas navideñas con la seguridad de las personas, bienes y animales, el Ayuntamiento de Punta Umbría ha dictado un Bando que prohíbe la venta, distribución y uso de productos pirotécnicos en el municipio. Según aparece en el Bando, el incremento de las molestias derivadas del uso incontrolado de artificios pirotécnicos, tales como petardos, tracas, cohetes y bengalas, entre otros, ha originado la aplicación del mismo y se acoge a distintas normas al respecto para su aplicación.

En este sentido, está prohibido la utilización de cualquier clase de artículos pirotécnicos o petardos en las vías públicas, salvo que se cuente con la expresa autorización municipal y de las demás Administraciones Públicas competentes, una medida que ya han tomado otros ayuntamientos como el de Isla Cristina o San Juan del Puerto.

También se prohíbe la venta y distribución de artículos pirotécnicos y petardos en los establecimientos y comercios que no cuenten con la debida autorización administrativa, así como expresamente la venta y distribución ambulante de artículos pirotécnicos y petardos. Del mismo modo, el Bando recuerda que los artículos pirotécnicos de las categoría F1 y F2 no se comercializarán a menores de 12 y 16 años, respectivamente, y de la Categoría F3, a menores de 18 años.

Las sanciones que se establecen por el incumplimiento de este Bando oscilan entre los 100 y los 601.012,10 euros. Además, se podrá decretar la suspensión de la actividad o cierre del establecimiento que lo incumpla hasta cinco años o plazo superior.

Por último, desde Alcaldía se ordena a los agentes municipales que vigilen el cumplimiento del citado Bando y denuncien cuantas infracciones se produzcan.