Temen falta de rigor en la regularización catastral de once municipios
Los regidores solicitarán una reunión a la subdelegada del Gobierno para recabar más información sobre este proceso ejecutado por el Ministerio de Hacienda
Los alcaldes y alcaldesas de 11 municipios onubenses afectados este año por el proceso de regularización catastral de los bienes inmuebles que está llevando a cabo el Ministerio de Hacienda y Función Pública, a través de la Gerencia Territorial del Catastro en Huelva, han compartido su preocupación por el perjuicio que esta medida supondrá para muchos vecinos y vecinas de estas poblaciones.
Así lo han puesto de manifiesto, durante una reunión mantenida este jueves 2 de marzo en la Diputación Provincial de Huelva, los regidores y regidoras de esas 11 localidades afectadas: El Almendro, Campofrío, Castaño del Robledo, El Granado, Manzanilla, Paymogo, Puerto Moral, San Bartolomé de la Torre, Villalba del Alcor, Villanueva de las Cruces y Villanueva de los Castillejos.
En este encuentro, los alcaldes y alcaldesas han acordado solicitar una reunión a la subdelegada del Gobierno en Huelva, Asunción Grávalos, con el objetivo de “compartir nuestra preocupación” con la máxima representante del Ejecutivo central en la provincia y de solicitarle información sobre este asunto.
También criticaron que las inspecciones se habían llevado a cabo a través únicamente de fotografías de vuelo aéreo o imágenes en fachada, sin que la empresa encargada de este servicio se hubiese personado en los inmuebles afectados, una metodología que a juicio de los alcaldes y alcaldesas no justifica otro de los elementos que critican de este proceso: que se imponga una tasa de 60 euros a todos los propietarios de los inmuebles regularizados.
Asimismo, los munícipes de estas 11 localidades consideran que este proceso de regularización catastral, en base a la Ley 16/2012 de 27 de diciembre que modifica el Texto Refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, genera también un “grave problema” a los agricultores que ven regularizadas sus construcciones en suelo rústico, pues, en virtud de la disposición cuarta, la asignación de valores a estas construcciones se hace en base a las ponencias de valores de IBI urbano, por lo que construcciones indispensables para el desarrollo de explotaciones agrícolas, ganaderas y forestales reciben valoraciones “excesivas e injustas”. Consideran que una granja cerrada y en desuso no puede tener el mismo valor catastral que una nave industrial, y que no puede pagar el mismo IBI una caseta de aperos que un chalet en el campo.