sábado. 20.04.2024
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Condenada con 720 euros de multa y 6 meses de prisión por falsificar la tarjeta azul

La conductora aprovechaba la tarjeta fraudulenta para aparcar en las plazas reservadas a personas con movilidad reducida, así como beneficiarse de la gratuidad en los aparcamientos de pago.
Condenada con 720 euros de multa y 6 meses de prisión por falsificar la tarjeta azul

La conductora que falsificó una tarjeta de estacionamiento para personas con movilidad reducida ha sido condenada a 720 euros de multa y 6 meses de prisión.

Así lo ha anunciado la Policía Local de Punta Umbría que en 2019 expedía la multa después de sospechar que la tarjeta había sido fotocopiada y, para que el holograma no delatase su falsificación, dejaba un sobre sobre el salpicadero que tapaba de manera deliberada parte de la misma. De esta manera, la conductora no sólo se beneficiaba de los aparcamientos públicos destinados al colectivo de discapacitados físicos, sino que se aprovechaba de la gratuidad en las zonas de pago.

Tras constatar los hecho, los agentes no sólo se limitaron a interponer la correspondiente denuncia de 200 euros por aparcamiento ilegal, si no que dieron traslado a la grúa para que retirasen el vehículo y, además, procedieron a denunciar a la usuaria por vía penal, lo que ahora se concreta con esta resolución por parte de la justicia. 

Lejos de ser un caso aislado, la situación es altamente recurrente sobre todo en la temporada estival y con mayor preponderancia en los pueblos costeros, que multiplican su población con la llegada de turista, lo que multiplica la cotización  de estas plazas de aparcamiento.

Sin embargo, la actuación ejemplar de la Policía no siempre puede llevarse a efecto con la diligencia y los recursos necesarios. Fuentes consultadas por este diario indican que, en la mayoría de los casos, no existe personal suficiente para llevar a cabo un correcto control de quienes usan estas plazas, por lo que más allá de las medidas coercitivas, es necesario que la sociedad se conciencie de que esta plazas son un modo de mitigar las dificultades que tienen las personas que sufren algún tipo de discapacidad física. 

     Desde la Junta de Andalucía informaron a diariodehuelva.es que la tarjeta es exclusiva del usuario y, aunque pueda ser utilizado por un acompañante que conduzca el vehículo, es “indispensable que siempre se desplace en su interior la persona titular de la tarjeta con movilidad reducida”.

Lo que dice la normativa: 

La persona titular de la tarjeta con movilidad reducida podrá ser:

  • Conductor/a en vehículo de su propiedad o en cualquier otro.
  • Acompañante. El vehículo podrá ser conducido por otro conductor o conductora, siendo indispensable que siempre se desplace en su interior la persona titular de la tarjeta con movilidad reducida. En caso contrario, se establecerán las sanciones previstas por el ordenamiento jurídico.

¿Para qué sirve la tarjeta de aparcamiento de vehículos para personas con movilidad reducida?

  • Estacionar en zonas reservadas para personas con movilidad reducida.
  • Aparcar el vehículo gratuitamente y sin limitación de tiempo en las áreas verdes, azules y zonas de carga/descarga, siempre que no afecte las limitaciones de circulación y estacionamiento de las áreas peatonales y en función de las Ordenanzas de las Corporaciones Locales.
  • Acceder a las plazas de aparcamiento reservadas y habilitadas por los Ayuntamientos para vehículos que transportan a personas con movilidad reducida y que son titulares de tarjeta de aparcamiento.
  • Estacionar en las plazas de aparcamiento públicas reservadas para personas con discapacidad, distribuidas en las zonas consideradas de interés, en los núcleos urbanos.
  • Aparcar en cualquier lugar de la vía pública, durante el tiempo imprescindible, siempre que no impida la circulación de vehículos o peatones.