sábado. 20.04.2024
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Un juez exonera a una onubense de pagar 800.000 euros por la Ley de Segunda Oportunidad

El Juzgado de lo Mercantil de Huelva libera a una onubense de pagar las deudas contraídas por su marido cuando regentaba una empresa del sector agropecuario
Un juez exonera a una onubense de pagar 800.000 euros por la Ley de Segunda Oportunidad

El juzgado de lo Mercantil de Huelva ha liberado a la esposa de un empresario de la provincia de una deuda de 800.000 euros al considerar que se podía acoger a la Ley de Segunda Oportunidad para exonerarla de deudas contraídas por su marido cuando regentaba una empresa del sector agropecuario.

En un comunicado, el bufete Moreana Abogados, encargado de la defensa de la mujer, ha informado de que, a raíz de las deudas contraídas la familia perdió su vivienda a manos de un fondo buitre, y tuvo que solicitar un alquiler social, por lo que inició un procedimiento de segunda oportunidad que ahora ha culminado.

La deudora, M.R.G., es trabajadora por cuenta ajena y las entidades financieras impusieron en su día a ambos cónyuges avalar personalmente los préstamos y créditos del negocio, a pesar de no tener la esposa participación alguna en la gestión.

Cuando la empresa se hundió como consecuencia de la crisis de 2008, los bancos ejecutaron las hipotecas y los préstamos, primero contra la empresa, y luego contra el matrimonio, y los acreedores embargaron el salario de la esposa, reteniendo una parte sustancial.

Esa situación se ha prolongado durante más de diez años, lo que le generó gravísimas dificultades para que la esposa pudiese seguir sufragando los gastos más esenciales del núcleo familiar, según los abogados.

Carlos Fidalgo Gallardo, socio director de Moreana Abogados, recuerda que "es muy frecuente que bancos y entidades financieras impongan a ambos cónyuges avalar los préstamos y créditos de las empresas familiares, incluso aunque uno de los esposos no tenga participación alguna en la gestión, como sucedía en este caso".

Señala que, aunque la legislación sobre condiciones generales de los contratos establece que eso puede ser una sobregarantía ilícita, "se trata de una práctica muy extendida, que pone en riesgo el patrimonio personal incluso del cónyuge o familiar que no participa en el negocio".

La Ley de Segunda Oportunidad entró en vigor en 2015 e incorporó al derecho español un régimen de liberación de deudas similar al de otros países de nuestro entorno como Italia, Francia o Irlanda.

Se pretendió con ella abrir una vía para que deudores de buena fe, arruinados por circunstancias externas, pudieran liberarse de sus deudas y así reincorporarse de nuevo a la vida económica.

Según la Estadística Judicial del Consejo General del Poder Judicial, en 2019 solo se tramitaron en España unos 2.500 procedimientos de segunda oportunidad, muy lejos de los más de 100.000 procedimientos en Alemania en el mismo año.