jueves. 25.04.2024
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Una veintena de denuncias a ciudadanos por no llevar la mascarilla obligatoria en Huelva

El uso de mascarilla es obligatorio desde el pasado 15 de julio, por lo que en poco más de una semana una veintena de ciudadanos ya han sido apercibidos por su falta.
Una veintena de denuncias a ciudadanos por no llevar la mascarilla obligatoria en Huelva

Desde el pasado 15 de julio, en Andalucía es obligatorio el uso de mascarilla en cualquier espacio cerrado (como ya venía siendo) así como en espacios abiertos, a pesar de la distancia de seguridad. Así lo aprobó el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía el pasado 14 de julio, cuando tomando en consideración las nuevas medidas de prevención, propuestas por la Consejería de Salud y Familias para hacer frente a la extensión y proliferación del coronavirus Covid-19 en brotes localizados.

Estas nuevas medidas, como el uso obligatorio de las mascarillas, quedan recogidas en la Orden de 14 de julio de 2020, y serán sancionadas de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto Ley 21/2020 de 9 de junio, una vez superado el estado de alarma. Así, la Policía Local de Huelva ha interpuesto ya 20 denuncias a ciudadanos por no llevar la mascarilla desde que es obligatoria, hace poco más de una semana.

Tal y como recoge la Orden del 14 de julio, las mascarillas son obligatorias para las personas de seis años en adelante en la vía pública, en los espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público, aunque pueda garantizarse la distancia interpersonal de seguridad de 1,5 metros.

Por su parte, en los medios de transporte se aplicará la previsión establecida en el Real Decreto Ley 21/2020, de 9 de junio. En el mismo, se dispone que la mascarilla es de uso obligatorio en medios de transporte aéreo, marítimo, en autobús o en ferrocarril. También, en los transportes públicos y privados complementarios de viajeros en vehículos de hasta nueve plazas, incluido el conductor, si los ocupantes de los vehículos de turismo no conviven en el mismo domicilio.

La obligación del uso de la mascarilla no será exigible para las personas que presenten algún tipo de enfermedad o dificultad respiratoria que pueda verse agravada por el uso de la misma. Tampoco para aquellas personas que por su situación de discapacidad o dependencia no dispongan de autonomía para quitarse la mascarilla, o bien presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización.

En el caso de ejercicio de deporte individual al aire libre tampoco se exigirá su uso, ni en los supuestos de fuerza mayor o situación de necesidad o cuando, por la propia naturaleza de las actividades, el uso de la mascarilla resulte incompatible, con arreglo a las indicaciones de las autoridades sanitarias.