viernes. 29.03.2024
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Dos años de cárcel para el agresor del jefe de la Policía Local de Punta Umbría

Fernando C.M. no deberá ir a la cárcel a menos que vuelva a delinquir. La sentencia es recurrible, aunque la defensa no piensa apelar
Dos años de cárcel para el agresor del jefe de la Policía Local de Punta Umbría

El juez ha impuesto a Fernando C.M. dos años de cárcel por la agresión al jefe de la Policía Local de Punta Umbría, Antonio Garrido, al que atacó e hirió con una navaja en la playa mientras le incautaba de mercancía para la venta ilegal. La sentencia del juez contempla un delito de atentado a agente de la autoridad con el agravante de utilización de instrumento peligroso y un delito de lesiones en vez de homicidio en grado de tentativa tal y como había instruido la Policía Judicial en un primer momento.

Con esta sentencia, Fernando C.M. no deberá ir a la cárcel a menos que vuelva a delinquir. La sentencia es recurrible en apelación por cualquiera de las partes, si bien la defensa no tiene previsto recurrir pero el Ayuntamiento de Punta Umbría sí. 

De este modo, el juzgado ha tenido en cuenta la solicitud de la Fiscalía en la imposición de los dos años de prisión, así como, solo en parte, la petición de la acusación particular de los agentes que solicitó penas accesorias aunque por un periodo de cinco años, quedando la condena finalmente en cuatro para el hecho de contactar y acudir a Punta Umbría. Hay que recordar que la acusación particular pidió las accesorias de la prohibición durante cinco años de entrar en Punta Umbría y acercarse al agente y sus familiares, así como la prohibición durante cinco años de tenencia o porte de armas.

Además, como autor de cuatro delitos leves de lesiones, le impone, por cada uno, un mes de multa con la cuota de tres euros diarios, es decir, un total de 360 euros. En concepto de responsabilidad civil deberá indemnizar a otro agente con el importe de 320 euros, así como al jefe de la Policía Local con 1.685 euros.

Para el segundo de los acusados, -vendedor ambulante sin licencia y hermano del anterior-, impone la condena, por un delito de atentado a agente de la autoridad y teniendo en cuenta el atenuante de reparación del daño, de seis meses de prisión y la misma accesoria que a su hermano.

Y como autor de tres delitos leves de lesiones, por cada uno, le impone un mes de multa con cuota de tres euros diarios (un total de 270 euros). En concepto de responsabilidad civil deberá abonar, conjunta y solidariamente con el otro acusado, 320 euros a otro agente afectado, 475 euros (320 por lesiones y 155 por daños) al agente que fue lesionado y que vio dañadas sus gafas y 400 euros a otro agente.

Para el bañista, que intercedió en el tumulto en defensa de los dos vendedores ambulantes ilegales, solo impone una multa como autor de delito de resistencia, concurriendo como circunstancia atenuante de reparación del daño, a la pena de seis meses de multa con cuota de tres euros al día (540 euros). En concepto de responsabilidad civil deberá indemnizar a un agente por importe de 400 euros.

Además, el juzgado decreta la suspensión por cuatro años de la ejecución de las penas privativas de libertad impuestas a los dos primeros acusados, pero dicha suspensión está condicionada a no delinquir durante dicho período, abonar las indemnizaciones establecidas, y la prohibición de acudir durante el período de suspensión a la localidad de Punta Umbría.

Del mismo modo, el juzgado deja sin efecto la medida cautelar de prisión provisional del principal acusado, decretando su libertad provisional. Por su parte, mantiene la vigencia de la medida cautelar de alejamiento impuesta al segundo acusado por resolución de 9 de agosto y se declara la vigencia desde esta fecha, con carácter cautelar hasta la firmeza de la sentencia, de las prohibiciones impuestas al principal acusado.

Los hechos que han quedado probados

Los hechos se produjeron sobre las 13.45 horas del día 7 de agosto de 2019, cuando dos agentes de la policía local de Punta Umbría estaban desarrollando labores de vigilancia ciudadana, debidamente uniformados, por la zona de la playa conocida como ‘Apartamentos Calypso’, de la localidad de Punta Umbría, pudieron apreciar cómo varias personas se estaban dedicando a la venta ambulante sin la debida autorización.

“Al aproximarse y requerir a los vendedores que cesaran en su actividad, estos prestaron una oposición clara a deponer su actitud lo que llevó a los agentes, por cuestiones de seguridad, a solicitar refuerzos, acudiendo cinco gentes de la Policía Local”, señala la Fiscalía.

En ese momento, “movido por un ánimo de menoscabar el principio de autoridad”, comenzó a forcejear con los agentes de la Policía Local de Punta Umbría, al tiempo que se dirigía a los mismos con expresiones tales como “cabrones, perros, nos estáis robando”.

Acto seguido, el acusado, “movido tanto por un ánimo de menoscabar el principio de autoridad como el de menoscabar la integridad física del subinspector de la Policía Local y portando una navaja de 16 centímetros de hoja y mango de 20 de centímetros, se abalanzó sobre el mismo y le propinó varios cortes y puñaladas”.