viernes. 29.03.2024
El tiempo

Una sentencia destapa el abuso en la mina de Riotinto: Un trabajador realizó 862 horas extras en un año

Una sentencia por despido en la contrata Sánchez y Lago que opera en Riotinto destapa las largas jornadas laborales que sufren los trabajadores.
Una sentencia destapa el abuso en la mina de Riotinto: Un trabajador realizó 862 horas extras en un año

En pleno debate nacional sobre la obligatoriedad de registrar por parte de las empresas de manera efectiva y demostrable la jornada laboral de los trabajadores para hacer frente al fraude que se produce con las horas extraordinaria, ha saltado un caso en la mina de Riotinto que pulveriza muchos registros conocidos. Nada menos que 862 horas extras había realizado un trabajador de la contrata Sánchez y Lago el año previo a su despido de hace un año. El caso acabó, claro está, en litigio y ahí saltaron las alarmas y los hechos reconocidos y probados a la hora de reclamar salario e indemnizaciones por despido improcedente.

Es un caso extremo ya que el Estatuto de los Trabajadores establece que solamente se podrán realizar 80 horas extraordinarias durante el año.  Sobrepasar este tope horario está calificado como falta grave sancionable con multa de entre 300 a 3.005 euros.

Teniendo en cuenta los descansos laborales y las vacaciones este trabajador realizaba cerca de tres horas extras al día. La realización de horas extras es voluntaria para los trabajadores por lo que no es posible su exigencia por ninguna de las partes. Aunque la excepción se presenta cuando se pacte su realización tanto en el convenio colectivo como en el contrato o se trate de horas extras por razón de fuerza mayor que sí son obligatorias para el trabajador.

La sentencia 274/18 del Juzgado de lo Social Nº 1 de Huelva sobre el despido de un trabajador deja claro que  el operario rellenaba diariamente un parte, en el que consignaba la hora en que comenzó el trabajo, la hora en la que terminó, las horas de trabajo de la máquina, las horas de trabajo del operador, así como el trabajo que realizó.

Una copia de dichos partes de trabajo eran entregados a la administrativa de la empresa, que se encargaba de confeccionar mensualmente las horas totalizadas por los trabajadores, abonando la empresa en nómina, bajo el concepto de "incentivo" por cada hora extra realizada un importe de 13 euros, según recoge la sentencia.  En este caso la empresa amparaba al operario bajo el paraguas del convenio de la construcción de la provincia de Huelva.

Sánchez y Lago es una operadora muy potente en la construcción y especialmente en la minería donde colabora a través de una Unión Temporal de Empresas (UTE) con Insersa y con la multinacional Berkeley Energía en la mina de uranio prevista en Salamanca.

Los representantes de los trabajadores en el sector minero de Huelva llevan años reivindicando más contrataciones de operarios que eviten los abusos de jornadas extraordinarias así como la ampliación unilateral de las horas de labor. Para ellos, casos como este demuestran que es posible aumentar el empleo simplemente evitando los abusos.

Cabe recordar que todas las empresas, sin excepción, están obligadas desde el 12 de mayo a registrar diariamente la jornada de sus trabajadores atendiendo a un Real-Decreto ley aprobado por el Gobierno el pasado mes de marzo en el que se daba a las empresas un plazo de dos meses para adaptarse a esta nueva normativa. El objetivo de esta medida es medir la duración de las jornadas laborales y, por lo tanto, las horas extraordinarias, y también los descansos.

Mientras, ayer mismo el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) reforzaba la protección de los trabajadores al sentenciar que los Estados miembros de la UE deben obligar a los empresarios a implantar un sistema "objetivo, fiable y accesible que permita computar la jornada laboral diaria realizada por cada trabajador", ha informado la corte en un comunicado.

En su sentencia precisa que corresponde a cada país definir los criterios para la aplicación de este sistema, sobre todo la forma que debe tomar, "teniendo en cuenta las particularidades de cada sector e incluso las especificidades de determinadas empresas, como su tamaño".