martes. 16.04.2024
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El Supremo decide este martes si se repite el juicio del doble crimen de Almonte

La Sala Segunda del Tribunal Supremo (TS) delibera este martes sobre la posible repetición del juicio del doble crimen de Almonte en el que un padre y su hija de ocho años fueron asesinados tras recibir múltiples cuchilladas en abril de 2013.
El Supremo decide este martes si se repite el juicio del doble crimen de Almonte

La Sala Segunda del Tribunal Supremo (TS) delibera este martes sobre la posible repetición del juicio del doble crimen de Almonte en el que un padre y su hija de ocho años fueron asesinados tras recibir múltiples cuchilladas en abril de 2013.

El TS ha fijado esta jornada tras admitir a trámite el recurso presentado por la familia de las víctimas contra la sentencia absolutoria dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) y que confirmaba la absolución de los delitos de asesinato a F.J.M., único acusado por los hechos, en el que pedía la repetición del juicio y la anulación de dicho fallo.

Según reza en el escrito judicial, al que ha tenido acceso Europa Press, el alto tribunal ha admitido a trámite el recurso, al que declara "concluso" y ha señalado para este martes esta deliberación y tomar una decisión sobre si se lleva a cabo la anulación de esta sentencia y repetición del juicio, que ya se celebró en la Audiencia onubense en septiembre de 2017.

La acusación particular de este doble crimen, representada por el letrado Luis Romero, pidió en el citado recurso que se anulara la sentencia recurrida del TSJA, la sentencia de la Audiencia Provincial de Huelva y el veredicto del jurado popular, y que se ordenara la celebración de un juicio nuevo ante otro tribunal del jurado presidido por otro magistrado presidente, una petición a la que se adhirió la Fiscalía del Supremo.

La familia elevó este recurso al creer "vulnerada la tutela judicial, por ausencia de motivación (inexistencia de motivación), ya que solo existe una sucinta explicación de las razones por las que han declarado rechazar determinados hechos como probados; así como el derecho a la interdicción de la arbitrariedad, dado que cuando existen explicaciones, si bien sucintas, son arbitrarias o irracionales (motivación defectuosa)".

Asimismo, desde la acusación particular sostenían que la sentencia recurrida del TSJA "no ha tenido en cuenta la insuficiencia de la motivación del veredicto y la escasa consistencia de las pruebas de descargo sobre las que el jurado funda la absolución".

SATISFACCIÓN EN LA FAMILIA

Desde la familia de los fallecidos han mostrado su satisfacción ante este decisión del Supremo y ahora esperan que los magistrados "valoren un saco repleto de pruebas oficiales contra conjeturas y testimonios falsos aportados por la defensa".

El abogado y doctor en Derecho Penal, Luis Romero, ha precisado que estaba "seguro" de que iban a admitir este recurso, pero se ha mostrado "sorprendido por la celeridad de su admisión y por la convocatoria de la deliberación", al tiempo que ha valorado que en su momento la Fiscalía se adhiriera a este recurso que únicamente presentó la familia.

Cabe recordar que en su recurso, en cuanto a los informes periciales sobre el ADN del acusado que se halló en unas toallas en la vivienda de los hechos, esta parte incidió en que, frente a la teoría de la defensa de que estos restos llegaron de manera indirecta puesto que en esa época la mujer del fallecido mantenía una relación con el acusado, está la transferencia directa y consideraron que la duda es "insostenible" puesto que "los restos encontrados no son de semen sino de células epiteliales" y que por tanto tuvo que llevar su ADN por trasferencia directa.

Por su parte, el TSJA desestimó el recurso de la Fiscalía y acusación particular al entender que la motivación del veredicto del jurado "no es arbitraria y es compatible con el principio in dubio pro reo" y recordó en el fallo que un "veredicto absolutorio por no haber considerado el jurado que los hechos delictivos queden acreditados no puede revocarse en segunda instancia dando lugar a una sentencia condenatoria por un tribunal de alzada que no ha presenciado la prueba".

El jurado popular consideró no culpable al único acusado del asesinato --que en aquellas fechas mantenía una relación con la mujer y madre de los fallecidos-- de un hombre y su hija de ocho años ocurrida el 27 de abril de 2013 en una vivienda de Almonte en el que una persona asestó múltiples cuchilladas a ambos, que le provocaron su muerte.