viernes. 19.04.2024
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La Fiscalía del Supremo pide que se repita el juicio por el doble crimen de Almonte

Este fallo absolutorio, confirmado por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), de los delitos de asesinato a F.J.M., está recurrida al Supremo por la acusación particular.
La Fiscalía del Supremo pide que se repita el juicio por el doble crimen de Almonte

Fotografía: A.Pérez/Europa Press

La Fiscalía del Tribunal Supremo solicitará a la Sala Segunda del alto tribunal que declare la nulidad y ordene la repetición del juicio sobre el doble crimen de Almonte (Huelva), caso en el que perdieron la vida de manera violenta una niña de ocho años y su padre en abril de 2013, tras la sentencia absolutoria del único acusado en la causa, F.J.M., que fue juzgado el pasado mes de septiembre por un jurado popular.

Este fallo absolutorio, confirmado por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), de los delitos de asesinato a F.J.M., está recurrida al Supremo por la acusación particular.

Según han informado en un comunicado desde la Fiscalía del Supremo, la misma, tras realizar un examen de la causa, --cabe recordar que el pasado mes de abril pidió a la Sala de lo Penal que le remitirá la documentación para estudiarla-- ha considerado que el jurado "no efectuó una valoración racional de las pruebas practicadas".

El escrito de la Fiscalía del Tribunal Supremo se presentará en los próximos días. Cabe recordar también que la Fiscalía de Huelva sí recurrió la sentencia de primera instancia ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), si bien la Fiscalía del tribunal andaluz decidió no presentar recurso al Supremo.

Por su parte, el recurso de casación presentado por la familia pide que se anule la sentencia recurrida del TSJA, la de la Audiencia Provincial de Huelva y el veredicto del jurado popular, y que se ordene la celebración de un juicio nuevo ante otro tribunal del jurado presidido por otro magistrado presidente.

La acusación particular cree "vulnerada la tutela judicial, por ausencia de motivación (inexistencia de motivación), ya que solo existe una sucinta explicación de las razones por las que han declarado rechazar determinados hechos como probados; así como el derecho a la interdicción de la arbitrariedad", dado que, cuando existen explicaciones en el veredicto del jurado, "si bien sucintas, son arbitrarias o irracionales (motivación defectuosa)".