viernes. 19.04.2024
El tiempo

La deuda municipal deja a Riotinto, Nerva, La Nava, La Redondela y Tharsis sin un plan de empleo

Ninguna de las cinco entidades podrá beneficiarse este año del programa extraordinario de la Diputación para situaciones de vulnerabilidad social sobrevenida
La deuda municipal deja a Riotinto, Nerva, La Nava, La Redondela y Tharsis sin un plan de empleo

Ninguna de las cinco entidades podrá beneficiarse este año del programa extraordinario de la Diputación para situaciones de vulnerabilidad social sobrevenida

Un total de cinco ayuntamientos y entidades locales menores de la provincia de Huelva no podrán beneficiarse este año del Programa Extraordinario de Empleo para Situaciones de Vulnerabilidad Social Sobrevenida de la Diputación Provincial de Huelva. Así se establece en la resolución definitiva de la concesión de estas subvenciones, publicada este miércoles 2 de mayo en el Boletín Oficial de la Provincia, donde se indica que tales entidades quedan excluidas por “no acreditar estar al corriente en sus obligaciones con la Seguridad Social y con la Hacienda Estatal y Autonómica.

Las cinco entidades que no podrán beneficiarse son los ayuntamientos de Minas de Riotinto, La Nava y Nerva y las entidades locales menores de La Redondela y Tharsis, tal y como se recoge en el ‘Anexo II: Entidades no beneficiarias’ de la citada publicación. El resto de poblaciones onubenses, que sí han resultado beneficiarias, son un total de 70, incluidas en el ‘Anexo I: Entidades Beneficiarias’, que se reparten un total de 935.000 euros.

La resolución se ha adoptado una “una vez que, de conformidad con lo dispuesto en la citada convocatoria, desde el Área de Bienestar Social se han examinado las solicitudes presentadas a la misma conforme a los criterios establecidos y una vez finalizado el plazo concedido para la aceptación de la subvención y la acreditación de estar al corriente en sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social”.

En base a ello, se resuelve, por un lado, “conceder las ayudas establecidas en el Anexo I, donde se relacionan las Entidades Beneficiarias con su importe correspondiente, una vez cumplen todos los requisitos necesarios para acceder a las ayudas propuestas”, y por otra parte, “denegar las ayudas establecidas en el Anexo II, donde se relacionan las Entidades Locales que no han podido ser beneficiarias de las mismas por no haber acreditado en tiempo y forma dichos requisitos”.

En el mismo documento se explica que las contrataciones subvencionadas se podrán realizar desde el día de la publicación de la resolución definitiva en el Boletín Oficial de la Provincia de Huelva hasta el 31 de diciembre de 2018, así como que las contrataciones “se realizarán por períodos comprendidos entre dos, como mínimo, y seis meses de duración”, si bien “aquellos municipios que lo soliciten podrán realizar contrataciones por período mínimo de un mes”, aunque “en este caso no se podrá formalizar ningún contrato con posterioridad al 1 de diciembre de 2018”, añade.

Asimismo, “las entidades beneficiarias tendrán que presentar la documentación necesaria para su justificación en el plazo de tres meses desde la finalización del último contrato y, como máximo, hasta el 31 de marzo de 2019.

No obstante, contra esta resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de reposición ante la Presidencia de la Diputación o recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Huelva.