viernes. 29.03.2024
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Isla Cristina sancionará con hasta 10.400 euros a quienes tiren petardos en Navidad

El bando señala especificamente a que durante el mes de diciembre se ha visto incrementada el número de explosiones acerca de estos pequeños artefactos
Isla Cristina sancionará con hasta 10.400 euros a quienes tiren petardos en Navidad

La lucha contra los petardos y los artículos pirotécnicos está servida. Si hace unos días era el municipio de San Juan del Puerto el que aprobaba un bando municipal para prohibir este tipo de artículos, ahora es el municipio de Isla Cristina el que se suma a esta reivindicación vecinal que ha sido muy bien acogida.

La alcaldesa del municipio, Montserrat Márquez, ha firmado un bando municipal, al que ha tenido accedo diariodehuelva.es las normas a tener en cuenta durante estas navidades y que pueden acarrear sanciones de hasta 10.400 euros según las circunstancias.

Lo cierto es que cada vez se alzan más voces contra este tipo de prácticas sobre todo por la problemática que tiene con respecto a lo niños y a las personas mayores que se ven afectadas por los estruendos de estos petardos, así como por los dueños de animales y especialmente los perros, ya que los colectivos animalistas han denunciado que el agudo sentido del oído de estos animales les hace muy sensibles a estos artefactos y durante estas épocas se sienten atemorizados.

Otro colectivo que sufre en demasía la tolerancia de los pertardos en las vías públicas es el de las personas que sufren algún trastorno del espectro autista y sus familiares ya que en sus casas suelen vivirse escenas de auténtico "pánico" según los relatos de muchas de las personas que llegan aquí.

Según el bando municipal de Isla Cristina, "en este mes de diciembre se ha comprobado que prolifera un uso indebido de artificios pirotécnicos en la vías públicas de nuestra población, con el desconocimiento de que tales actividades son contrarias a las normas y a la buena convivencia, además de ocasionar alarma y daños que afectan en mayor medida a colectivos vulnerables como son las personas mayores y niños".

Según recuerda el bando municipal, la venta, manipulación y uso de artificios pirotécnicos en las vías públicas y privadas, se encuentra regulado por la Ley de Espectáculos públicos y Actividades Recreativas de Andalucía, por el que se aprueba el Reglamento de Artículos Pirotécnicos y cartuchería.

Por todo ello y a los efectos de garantizar la seguridad ciudadana así como la protección del libre ejercicio de los derechos y libertades de la ciudadanía reconocidos constitucionalmente la alcaldesa señala que:

"Queda prohibida la utilización de cualquier clase de artículos pirotécnicos o petardos en las vías públicas de Isla Cristina, salvo que se cuente con la expresa autorización municipal y de las demás administraciones públicas competentes".

Del mismo modo, el documento advierte de que incluso en los lugares autorizados está prohibido el uso de las categorías F1 y F2 - conforme a la definición establecida en el artículo 4 del precitado a menores de 12 y 16 años (suelen ser los niños los que más utilizan este tipo de artilugis y de la categoría F3 a menores de 18 años.

Los incumplimientos de las normas en esta materia están tipificados como falta grave o muy grave en los artículos 35 y 36 de la Ley 4/2015, de 30 de marzo, de protección a la Seguridad Ciudadana, pudiendo sancionarse con multas de 601,00 euros hasta 10.400,00 euros.

Del mismo modo tambien queda prohibida la venta de artificios pirotécnicos a los establecimientos que no cuenten con la autorización expresa del delegado del Gobierno, de conformidad con el artículo 124 del Reglamento de Artículos Pirotécnicos y Cartuchería , sin perjuicio de otras autorizaciones exigibles para este tipo de actividad.

Asimismo el incumplimiento de estas normas se encuentra en los artículos 195 a 197 del Reglamento de Artículos Pirotécnicos y Cartuchería, y serán sancionadas con multas de 100.00 a 601.012,10 euros, la incautación del material objeto de la infracción y la suspensión de la actividad o cierre del establecimiento hasta cinco años.