viernes. 19.04.2024
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Del Nido logra la semilibertad tras concedérsele el tercer grado penitenciario

El Juzgado de Vigilancia penitenciaria estima el recurso del ex presidente del Sevilla CF bajo los argumentos de buen comportamiento del preso y el dinero devuelto por responsabilidad civil, más del 75% del total
Del Nido logra la semilibertad tras concedérsele el tercer grado penitenciario

El Juzgado de Vigilancia Penitenciaria de Huelva ha estimado el recurso del ex presidente del Sevilla FC, José María del Nido, en un auto por el cual da la razón al letrado, que cumple condena en el centro penitenciario de Huelva -si bien ahora se encuentra en el Centro de Inserción Social de Sevilla en segundo grado-, y le concede el tercer grado. Todo ello en contra de la decisión de la Subdirección General de Tratamiento y Gestión Penitenciaria (resolución del 29 de marzo de 2017), que acordaba su continuidad en segundo grado de tratamiento.

El juzgado en su auto, remitido por el TSJA, se refiere al Reglamento Penitenciario, que reza que “la progresión de grado dependerá de la modificación positiva de aquellos factores directamente relacionados con la actividad delictiva, se manifestará en la conducta global del interno y entrañará un incremento de la confianza depositada en el mismo, que permitirá la atribución de responsabilidades mas importantes que impliquen un mayor margen de libertad.”

Según la documentación aportada, el interno tiene una "vinculación familiar normalizada", contando con apoyo y "buena relación, tanto con sus hijos como con su esposa y demás familiares", goza de una "buena situación patrimonial, tiene formación académica y profesional, no padece ningún tipo de drogodependencia ni alteraciones psicopatológicas, carece de niveles significativos de agresividad e impulsividad", contando con el necesario repertorio de habilidades sociales para un buen desenvolvimiento social y de adaptación al medio, ha observado durante el tiempo transcurrido en prisión una conducta muy positiva, llevando a cabo un "adecuado desempeño de las actividades encomendadas", con una evaluación global que el propio Centro califica como "excelente", constándole nueve recompensas en su expediente penitenciario y ha disfrutado de varios permisos sin incidencias, habiéndosele aplicado por la Junta de Tratamiento del Centro Penitenciario de Huelva el régimen del art 110.2 del R.P.

Recuerda la juez que el interno reconoció y asumió plenamente su responsabilidad en el delito cometido y el daño causado, afrontando las consecuencias del mismo, tanto con el cumplimiento de la pena privativa de libertad (mas de tres años, desde su ingreso el 5 de marzo del 2014, de los siete años de condena que le fueron impuestos) como, mucho menos frecuente y por ello "mucho mas valorable positivamente a criterio de esta juzgadora", intentando reparar el daño causado, mediante el abono de la elevadísisma responsabilidad civil que le consta (2.786.607 euros), cumpliendo estrictamente (e incluso con adelanto) todos los pagos parciales conforme al calendario de pago fijado por el órgano judicial sentenciador, la Audiencia Provincial de Málaga sección 3ª, habiendo abonado hasta la fecha, al menos, 2.120.507,34 euros, más del 75%.

Asimismo, se señala en el auto, la reparación del daño causado repercute "de forma fundamental y positiva en el trámite de ejecución de la pena para la obtención de beneficios penitenciarios, no pudiendo en forma alguna tratarse de idéntica forma a aquellos condenados que no manifiestan voluntad reparadora alguna y a los que, como el recurrente, han restituido el bien jurídico protegido (el patrimonio público) mediante la devolución de las cantidades indebidamente percibidas.

Por todo ello, concurriendo todos los requisitos generales para la clasificación del interno en tercer grado de tratamiento, y teniéndose además en cuenta que la clasificación en tercer grado del penado no implica en modo alguno una remisión o condonación de la pena, sino únicamente una forma de cumplirla de acuerdo con el tratamiento penitenciario individualizado previsto en los artículos 59 y siguientes de la L.O.G.P., se hace posible estimar que el recurrente se encuentra capacitado para llevar un régimen de vida en semilibertad, procediendo en consecuencia estimar el recurso interpuesto, acordándose su clasificación conforme al art. 82.1º del R.P, y sin perjuicio del cambio de modalidad que pueda acordarse por la Junta de Tratamiento del Centro de Inserción Social de Sevilla en el que actualmente se encuentra el interno, a la vista de lo previsto en el art 84 del Reglamento Penitenciario.

José María del Nido cumple una condena de siete años de cárcel por malversación y prevaricación por el conocido como 'caso Minutas' e ingresó en prisión el 5 de marzo de 2014, concretamente en el centro penitenciario Sevilla I de Mairena del Alcor, y tres meses después fue trasladado al centro penitenciario de Huelva.