jueves. 25.04.2024
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Cuatro partidos de suspensión para Mario Marín

El Juez Único de Competición aplica al lateral del Recreativo el artículo 98 del Código Disciplinario al interpretar que existió agresión. El acta arbitral ya recogía que el jugador albiazul fue expulsado "por pegar un empujón con los puños a un contrario estando el balón parado, con uso de fuerza excesiva".
Cuatro partidos de suspensión para Mario Marín

Un mes sin jugar. Es el castigo que el Juez Único de Competición ha impuesto a Mario Marín por su participación en los incidentes que tuvieron lugar en los últimos minutos del partido entre el Recreativo de Huelva y el Granada B. De este modo, el lateral ha sido suspendido con cuatro partidos de sanción en aplicación del artículo 98 del Código Disciplinario de la Real Federación Española de Fútbol.

Dicho artículo, en su punto primero, estipula que "agredir a otro, sin causar lesión, ponderándose como factor determinante del elemento doloso, necesario en esta infracción, la circunstancia de que la acción tenga lugar estando el juego detenido o a distancia tal de donde el mismo se desarrolla que resulte imposible intervenir en un lance de aquél, se sancionará con suspensión de cuatro a doce partidos".

Esto es, el Juez Único Competición habría impuesto la sanción mínima al futbolista del Decano por lo que, en función del acta arbitral del encuentro, fue una clara agresión. Recordar al respecto que el colegiado Montes García indicó que "Marín Soto, Mario fue expulsado por el siguiente motivo: Por pegar un empujón con los puños a un contrario estando el balón parado, con uso de fuerza excesiva".