viernes. 26.04.2024
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La Junta alega ante el TC que la Ley de Vivienda evita desahucios y combate la especulación

La Junta alega ante el TC que la Ley de Vivienda evita desahucios y combate la especulación

La Junta de Andalucía ha alegado ante el Tribunal Constitucional que resulta evidente y demostrable que la Ley de Medidas para Asegurar la Función Social de la Vivienda no ha puesto en peligro en modo alguno durante su vigencia la economía ni la estabilidad del sistema financiero, ni tampoco ha hecho desplomarse el precio de la vivienda ni dispararse la prima de riesgo, como sostenía el Gobierno central en su recurso.

Al contrario, argumenta en su escrito el Gobierno andaluz, la norma "puede tener efectos positivos en el equilibrio del sector financiero y en la economía", ya que sus medidas están diseñadas para que "el efecto de desinflar la burbuja inmobiliaria sea menos perturbador generando nuevas oportunidades de negocio a los propietarios", en referencia a la promoción del alquiler, así como encaminadas a "desincentivar el uso especulativo de los activos inmobiliarios", agravante fundamental de la crisis en España. En el plano de su incidencia favorable en la garantía de derechos, la norma sí ha ofrecido protección a todas las personas con problemas para pagar su hipoteca y en riesgo de desahucio.

Las alegaciones de la Junta detallan que durante la vigencia de los preceptos impugnados la prima de riesgo ha bajado; que el precio de la vivienda desciende en Andalucía a menor ritmo que en el resto de España, según datos de enero de 2014; que el volumen de compraventa de vivienda en la comunidad es mayor que la media estatal, según los últimos datos del INE; y que la reestructuración del sistema financiero ha seguido inalterable.

Así lo ha explicado hoy Elena Cortés, consejera de Fomento y Vivienda, que ha señalado que el Gobierno andaluz ha solicitado por todo ello el levantamiento de la suspensión cautelar de la norma antes de agotarse en mayo los cinco meses de plazo que tiene el Constitucional para decidir sobre si la mantiene suspendida o no hasta que haya sentencia.

Las alegaciones se apoyan en el artículo 33 (función social de la propiedad) y 47 (derecho a la vivienda e impedimento de la especulación) de la Constitución y en el artículo 25 de la Declaración Universal de Derechos Humanos, subrayando también que la Ley del Derecho a la Vivienda en Cataluña de 2007 contiene preceptos similares a los recurridos en la norma andaluza, sin que se haya producido durante su aplicación vulneración alguna de derechos.

Función social de la propiedad

La Junta también incide en "la multitud de resoluciones judiciales que han venido poniendo freno en España a las ejecuciones hipotecarias", así como en la sentencia de 2013 del Tribunal de Luxemburgo, que declaró contraria al derecho europeo la normativa española sobre desahucios.

En cuanto al único argumento no económico del recurso del Gobierno, la supuesta invasión de competencias de la Ley al afectar al contenido esencial del derecho de propiedad, hay dos sentencias que avalan la constitucionalidad de la norma: la 37/1987 de 26 de marzo, sobre la reforma agraria, que establece que la función social forma parte del contenido esencial del derecho de propiedad y que se puede establecer límites al mismo mediante leyes autonómicas; y la 61/1997, de 20 de marzo, sobre la Ley del Suelo, según la cual el Gobierno no puede fijar una legislación uniforme de la propiedad privada y su función social.

Naciones Unidas, 'Save The Children' y la PAH

Las alegaciones de la Junta anexan informes de Naciones Unidas y 'Save The Children' y un diagnóstico conjunto del Observatorio de Derechos Econó-micos Sociales y Cuturales y la Plataforma de Afectados por la Hipoteca (PAH), además de sendos estudios realizados por los economistas Juan Torres y Ángel Vilariño. "Frente al aluvión de ideología neoliberal del recurso del Gobierno, frente a los informes del Banco de España y la Sareb, la Junta de Andalucía esgrime la Declaración Universal de Derechos Humanos", ha señalado Cortés, que ha participado en la Universidad de Huelva en la inauguración de las Jornadas 'El derecho a una vivienda digna'.

"La Ley no ha causado ningún daño a la economía, como muestran todos los indicadores. En cambio, sí ha ofrecido protección a todas las personas en problemas de su hipoteca, ya que las entidades financieras que iban a desahuciar sabían que si lo hacían se exponían a la expropiación temporal del uso de la vivienda o a sanciones por mantener después el inmueble vacío", ha afirmado Cortés, que ha recordado que durante los tres meses en que estuvo en vigor la norma permitió la expropiación de 39 viviendas para evitar el desahucio de otras tantas familias en riesgo de exclusión.

"Los datos y los hechos fehacientes demuestran que las argumentaciones del Gobierno para recurrir la Ley son falsas hasta el ridículo y únicamente se basan en prejuicios políticos y en la voluntad de imponer a Andalucía un camino contrario a la voluntad de la mayoría de sus ciudadanos", ha señalado la consejera, que ha añadido: "La Ley no pone en peligro la economía; el recurso del Gobierno, en cambio, sí pone en riesgo de desahucio a las familias desempleadas, a avalistas, a autónomos, a precarios...".

Meras predicciones e hipótesis

El recurso del Gobierno sostiene literalmente que la Ley andaluza provoca incrementos de la prima de riesgo y "compromete gravemente todo el proceso de reestructuración del sector financiero español". El Gobierno alega en el recurso que, "si cediera el derecho a favor de su función social", en alusión a la norma andaluza, "desaparecería la propiedad privada". El recurso también señala que la Ley "tiene la virtualidad de poner en verdadero peligro la reestructuración del sistema financiero y la consecución de la estabilidad de las entidades de crédito para conseguir una reducción de la prima de riesgo de nuestro país".

El escrito de alegaciones de la Junta señala que el recurso "no se basa en verdaderas cuestiones de inconstitucionalidad", sino en argumentos económicos que carecen de apoyo empírico, en informes económicos (del Banco de España, de la Sareb...) y en el Memorando de Entendimiento (Mou) que fija las condiciones del rescate financiero a España. A partir de todo ello, señala el escrito de la Junta, el Gobierno compone un panorama 'ad futurum' totalmente "catastrofista" y "huérfano de apoyatura científico técnica". Ante ello, las alegaciones de la Junta señalan: "No puede perderse de vista que la suspensión [de la Ley] a quienes perjudica con mayor énfasis es a aquellos que se encuentran en la posición más débil. [...] Su situación de emergencia social no es teórica ni se queda en plano de la hipótesis, sino que es real y acreditada".

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